Sociedad
Suscríbete

¿Es posible hacer barbacoas en la terraza o el balcón de un piso? Lo que dice la ley

Hay varios aspectos que hay que tener en cuenta si se pretende hacer barbacoas en tu vivienda como consultar la Ley de Propiedad Horizontal o la ordenanza municipal de tu localidad.

Una barbacoa.
Una barbacoa.
Freepik

La llegada del buen tiempo hace que inevitablemente pensemos en la piscina y en la barbacoa. Uno no siempre tiene una finca con terreno para disfrutar de una buena brasa, por lo que siempre pasa por la cabeza la opción de utilizar la terraza de la vivienda para colocar una barbacoa. ¿Es esto posible?

Lo cierto es que, como en la mayoría de casos en los que se quiere hacer algo en un bloque de viviendas, dependes de la comunidad de propietarios y de cada Ayuntamiento. Desde el portal inmobiliario Fotocasa explican que no hay una normativa nacional que atañe solamente a las barbacoas, pero las localidades y las comunidades sí que pueden restringir su uso en los residenciales.

El primer paso para saber si puedes instalar una barbacoa en la terraza es consultar la normativa municipal, ya que allí puede aparecer si se prohíbe directamente su uso. En el caso de Zaragoza, no existe ninguna ley y ordenanza municipal que limite las barbacoas en las terrazas. Se puede revisar en la sede electrónica del Ayuntamiento o preguntando por teléfono.

Una vez cerciorado que no hay prohibición en las normativas municipales, hay que hacer lo propio con los estatutos de la comunidad de vecinos. Si allí se restringe esta actividad, entonces no puedes hacer uso de una barbacoa en la terraza. No obstante, no es común que se prohíba explícitamente el uso de barbacoas en las zonas privadas, dicen desde Fotocasa, pero sí es más frecuente que esté limitado o restringido en las zonas comunitarias, como podría ser la azotea.

Si esta actividad no está prohibida ni en la ordenanza municipal ni en los estatutos, puedes hacer barbacoa en tu terraza. No obstante, hay un aspecto importante a consultar: la Ley de Propiedad Horizontal. En su artículo 7.2 indica que "al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas". Por lo tanto, para hacer uso de la barbacoa debes comprobar que no es peligroso o dañino.

Un uso puntual y no prolongado

Esta norma indica que se considera peligroso o dañino una actividad prolongada en el tiempo. Por ejemplo, el humo de la barbacoa puede terminar causando perjuicios en la fachada del edificio, o puede entrar en otra vivienda y afectar a un vecino, que podría quejarse a la comunidad de propietarios. Además, en caso de que se quiera construir una barbacoa de obra, habrá que pedir permiso al Ayuntamiento y a la comunidad, ya que esto alteraría la apariencia de la fachada. 

Si se utilizan las barbacoas como algo puntual, sin afectar a nadie, se pueden emplear en las terrazas. No obstante, si está prohibido en los estatutos o en las leyes del Ayuntamiento, puede acarrear una multa cuyo montante dependerá de cada comunidad autónoma y de la gravedad. 

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión