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Esto es lo que debes hacer si tu vivienda es okupada, según la ley

Existen diferentes casuísticas estipuladas en la Ley de Vivienda.

Compraventa de vivienda.
Compraventa de vivienda.
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La Ley de Vivienda es considerada una de las leyes estrella del Gobierno central, aunque sus efectos han sido contrarios a los deseados. Muchos expertos del sector inmobiliario critican la norma por reducir todavía más la oferta de los alquileres, lo que hace que incrementen su coste. Pero esta norma trajo más cambios consigo en términos de okupación.

De acuerdo con la Ley de Vivienda actual, que modificó la Ley 1/2000, de 7 de enero denominada Ley de Enjuiciamiento Civil, introdujo la novedad de "mejoras en la regulación del procedimiento de desahucio en situaciones de vulnerabilidad". Cabe destacar que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado no podrán intervenir por sorpresa, tendrán que comunicar el día y la hora.

La norma actual también recoge nuevos requisitos, como son la necesidad de los propietarios de presentar una demanda y notificar que el domicilio es propiedad suya y no de los okupas. En segundo lugar, también se debe acreditar si el inmueble forma parte del patrimonio de un gran tenedor, si tiene 10 o más inmuebles de uso residencial. 

Para demostrarlo, el propietario tiene varias opciones. Por un lado, puede recurrir al padrón, ya que en caso de que los okupas conformen una familia, tendrá que empadronarse para cumplir con las obligaciones legales, como es, por ejemplo, escolarizar a los menores. No obstante, se trata de un trámite complejo.

Para el siguiente paso a seguir será obligatorio que el propietario adjunte a la demanda de desahucio el certificado del Registro de la Propiedad. No obstante, en el caso de los grandes tenedores la situación es distinta. Si el propietario cuenta con 10 o más inmuebles de uso residencial, tendrá que acreditar en primer lugar su condición de gran propietario y con ello, facilitar información (en su demanda) sobre la situación de vulnerabilidad (o no) del okupa. Esto se puede hacer o bien presentando un documento emitido por los servicios sociales o con una declaración responsable, un documento donde se recoge que el interesado cumple con los requisitos de la normativa para poder acceder a un derecho.

Después de todos estos trámites, el gran tenedor deberá demostrar que ha intentado resolver el conflicto previamente, a través de los procedimientos de intermediación establecidos de las administraciones públicas.

Qué ocurre cuando los okupas son vulnerables

Los cambios de la Ley de Vivienda se dan también cuando los okupas son declarados vulnerables. En caso de que se demuestre que su situación, el desahucio puede quedar parado durante dos meses (si es una persona física) o cuatro (si es una persona jurídica).

De esta manera, las administraciones públicas podrán disponer de más tiempo para presentar al Juzgado las alternativas de vivienda digna en alquiler social, así como de las posibles ayudas económicas y subvenciones de las que puede ser beneficiaria la parte demandada.

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