Economía
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Cómo respalda la ley a una comunidad de vecinos al reclamar las deudas a un moroso

Se puede recurrir a la vía judicial para saldar la deuda de un vecino moroso con la comunidad de propietarios. 

Junta de vecinos en una comunidad.
Junta de vecinos en una comunidad.
SDI Productions, vía:canva.com

Tener un moroso en la comunidad de vecinos es una situación incómoda que puede generar tensiones y dificultades financieras. Saber cómo actuar y qué procedimientos seguir es fundamental para mantener la armonía y la solvencia de la comunidad. Y es que, cuando un propietario no cumple con sus obligaciones de pago de cuotas o derramas, la comunidad de vecinos tiene derecho a tomar medidas para reclamar la deuda. El primer paso recomendado es intentar una solución amistosa. Esto implica notificar al propietario moroso sobre su deuda y solicitar el pago de manera formal. Muchas veces, un recordatorio amistoso puede ser suficiente para resolver el problema.

Si el vecino moroso no responde a los recordatorios, la comunidad debe convocar una junta de propietarios para debatir y decidir las acciones a seguir. Es importante documentar todas las comunicaciones con el propietario deudor y acuerdos para tener un respaldo legal en caso de que sea necesario iniciar procedimientos judiciales.

Cuánto hay que esperar para reaccionar ante la deuda de un vecino

La reacción ante una deuda debe ser rápida pero también justa. Según la Ley de Propiedad Horizontal, se puede iniciar la reclamación judicial una vez que el propietario acumule tres meses de deuda. 

Una vez que se ha decidido actuar, la comunidad debe enviar una notificación formal al propietario moroso, detallando la cantidad adeudada y dando un plazo razonable para el pago. Generalmente, este plazo suele ser de 30 días. Si después de este periodo no se ha recibido el pago, es el momento de considerar acciones legales.

Este es el momento en el que se puede reclamar la deuda a través de una Petición inicial de Procedimiento Monitorio, que, según explica el Gobierno de España, se trata de "una vía rápida y ágil para la reclamación de deudas de carácter dinerario, ya que únicamente será necesaria la celebración de una vista o comparecencia ante el Juez o Jueza si el deudor se opone a la reclamación presentada". En este caso, el presidente o el administrador de la finca deben solicitar una nota simple al Registro de la Propiedad y convocar una junta extraordinaria para aprobar la liquidación de la deuda, constando en acta los impagos.

Plazo de cinco años

Hay que apuntar también que una comunidad de vecinos tiene un plazo de cinco años para reclamar las cuantías impagadas por el propietario moros, pues, según establece el art.1964.2 del Código Civil, la infracción prescribe tras este periodo de tiempo. Mientras dura su derecho a reclamar la deuda, pueden hacerlo de dos formas: mediante vía amistosa o judicial.

Procedimientos a seguir

Este es un pequeño resumen de cómo actuar ante un moroso. 

  1. Vía amistosa, con diálogo. Un recordatorio amistoso puede ser suficiente para resolver el problema.
  2. Reclamación Judicial. La comunidad debe aprobar en junta la decisión de iniciar un procedimiento judicial. Es esencial contar con el acta de la junta donde se tomó esta decisión.
  3. Demanda Monitoria. Este es el procedimiento más común y sencillo para reclamar deudas. Se presenta una demanda monitoria en el juzgado correspondiente, adjuntando todas las pruebas de la deuda y la documentación de los intentos de cobro.
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