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Cómo deshacerse de un apartamento en multipropiedad: "Hay esperanza"

Desde el 'boom' que se vivió hace dos décadas ha habido numerosas sentencias que han allanado el camino para quienes han reclamado después. Varios expertos dan algunas claves. 

La playa de Salou se llena de bañistas a las puertas del verano
La playa de Salou en el mes de junio
Raquel Laporta

En el año 1996 la multipropiedad encabezaba las quejas de los consumidores aragoneses, según se podía leer en el balance de reclamaciones que publicaba HERALDO el 15 de marzo, con motivo del Día del Consumidor de dicho año. Las reclamaciones se dirigían en parte a las técnicas de venta agresivas de empresas que comercializaban esta fórmula para convertirse en propietario de una parte de un apartamento en la playa, que para muchos ya es desconocida. Era legal pero fue un campo donde abundaron las malas prácticas y los engaños.

Esta semana se ha conocido el caso de una pareja de zaragozanos que han logrado liberarse de las obligaciones que firmaron hace 26 años, durante los que nunca pudieron beneficiarse del inmueble. ¿Qué ocurrió con quienes compraron apartamentos por esta vía y tuvieron problemas? Los expertos recuerdan que todavía se puede reclamar y hay sentencias hasta del Tribunal Supremo en las que apoyarse. 

¿Qué es la multipropiedad y cómo llegaba a las familias?

La multipropiedad permite el derecho de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles. Se trata de una fórmula que se utilizó para comercializar apartamentos en la playa a finales de los años noventa y durate el inicio del cambio de siglo. Un particular adquiría el derecho a disfrutar de una semana de un apartamento, normalmente en la playa.  España ocupaba en esos años el segundo lugar del mundo en número de complejos turísticos explotados por este sistema, solo superada por Estados Unidos. 

Noticias sobre multipropiedad publicadas en HERALDO entre 1996 y 2005.
Noticias sobre multipropiedad publicadas en HERALDO entre 1996 y 2005.
H. A.

"El régimen de tiempo compartido es legal, pero el descontento viene a raíz de que hace 20 años se utilizaba la venta agresiva y acababa uno firmando con el fin de que le dejaran irse a casa", explica Juan Madrigal, uno de los abogados que pleiteó esos años en España y que sigue haciéndolo. Se refiere a las largas reuniones de tres horas al menos en las que se intentaba convencer a quienes acudían con el gancho de que habían ganado un regalo. "Echaban al buzón publicidad para ir a una reunión en un hotel con el regalo de sartenes o una tele y salía uno con una semana de vacaciones del mes de enero en Denia", pone como ejemplo de las artimañas que utilizaban para engatusar a los compradores.

"La gente por quitarselos de encima firmaba", coincide José Ángel Oliván, presidente de la Unión de Consumidores de Aragón (Ucaragón), asociación que defendió a varios afectados. "Se pasaban los días, la gente pensaba que se había pasado el plazo de desestimiento y había gente que se rendía", recuerda sobre esos años. Sin embargo, desde la asociación usaron como argumento que al no haberles informado del plazo en el que podían echarse atrás este se alargaba un año. Así consiguieron anular los contratos.  

"Te llevaban al día siguiente a la notaría para que no te echaras para atrás", añade Madrigal. Jugaban a agotar a las víctimas con largos encuentros en grupos de varias parejas, presentaciones, una entrevista de tú a tú e incluso una puesta en escena que incluía música muy alta y grandes discursos asegurando que era una oportunidad única. 

Durante la reunión se aseguraba que no habría problemas si se quería cancelar la operación, pero en la práctica resultaba muy difícil volver a localizar a la empresa para desistir al contrato en el plazo legal de 10 días vigente. "No los localizabas", asegura. Los compradores arrepentidos se encontraban al día siguiente con excusas por teléfono, argumentos en su contra o directamente oficinas cerradas. 

"Los que compraron una semana en junio, julio o agosto, más o menos han estado contentos, pero incluso para esos que firmaron semanas 'buenas', la vida ha cambiado y tienen una semana al año por la que pagan 500 euros, que puede que no les interese", añade Madrigal sobre la deuda con la que han cargado en todos estos años. Los contratos incluían otros de mantenimiento con cuotas periódicas. "Es un lastre, una carga económica", recalca, para quienes los han mantenido desde entonces.  

Cómo se puede rescindir un contrato de multipropiedad

En 1998 empezaron a dictarse en los juzgados zaragozanos las primeras sentencias en las que se anulaban contratos de multipropiedad firmados por compradores que se sintieron engañados. El goteo se produjo en toda España hasta llegar al Tribunal Supremo. 

El primer paso es plantear una demanda para anular el contrato. "En el 95% de los casos la duración de la propiedad se citaba como indefinida, vitalicia, perpetua, algo que incumple la jurisprudencia", apunta el abogado como una de las vías para pedir que se considere nulo. 

Por otro lado, hay contratos, como el último en Zaragoza, donde los compradores consiguieron liberarse de él por la indeterminación del objeto del contrato que se recogía en las cláusulas. Esto hizo que no hubiera objeto "cierto" porque no se especificaba con claridad qué apartamento ni qué semana exacta al año correspondía. En la mayoría de los contratos de se habla de una "semana flotante".

La abogada del caso, la zaragozana María Luisa Pérez, del despacho Unive, explica que la pareja se había decidido a reclamar hacía tres años cuando se enteró de que unos familiares habían conseguido librarse del contrato. Con la pandemia se retrasaron los plazos, pero lo han conseguido también. 

Estos casos se han dirigido por la vía civil porque probar un delito en la jurisdicción penal habría sido complicado. "En el tema penal nuestros abogados decían que había elementos delictivos, pero era complicado problarlo. Lo que fue una estafa fue la comercialización que se hizo, que fue engañosa", añade Oliván. "No te dejaban pensar durante la reunión y luego el truco era no ponerse al teléfono y no había manera de desistir", recuerda sobre su forma de retener a los clientes.  En estos casos podía haber varias empresas implicadas, desde la vendedora, la propietaria del piso y la que ha ido cobrando el mantenimieto, como en la reciente sentencia dictada en Zaragoza, en la que se ha condenado a las tres solidariamente. 

Madrigal cree que se tienen más oportunidades de recuperar el dinero si en la operación intervino también un banco porque se firmó un préstamo para pagar el apartamento. "La comercializadora no será solvente, pero el banco sí", plantea. Incluso en estos casos hace falta que se cumplan algunos requisitos como que el crédito se diera de forma inmediata y que se conserve la póliza. Asegura que a la hora de intentar liberarse de este tipo de contratos "hay esperanza".

"La gente desconoce que se puede reclamar", lamenta Pérez. La abogada indica que se debe buscar el "contrato de compraventa en el que consta qué adquirieron y que, en general, son contratos que se pueden declarar nulos, pero tenemos que ver el clausurado" ya que cada caso puede ser distinto. Ayuda en la reclamación contar con la escritura pública que se firma con posterioridad ante notario, cualquier tipo de documentación precontractual y si se firmó un préstamo. 

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