Economía
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Hacienda revela cuándo van a recibir los mutualistas la devolución del IRPF de Hacienda

Los mutualistas afectados por las cotizaciones erróneas de la Renta en unos años concretos tienen un formulario a su disposición en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Sede de Muface en Zaragoza.
Sede de Muface en Zaragoza.
Oliver Duch

En las últimas semanas, la palabra mutualidad ha aparecido constantemente en los medios de comunicación. La razón de este fenómeno es sencilla: Hacienda tiene que devolver entre 3.000 y 4.000 euros a un gran número de trabajadores que cotizaron en mutualidades antiguas y se vieron perjudicados por un error de la Agencia Tributaria, que les aplicó un exceso de cotización: debía de ser del 75% y se subió hasta el 100%.

En la actual campaña de la Renta 2023 (hasta este 1 de julio) se puede pedir ese dinero cotizado de más con el citado límite, y en lo referente al periodo 2019-2022. ¿Por qué esos años? Porque el error no ha prescrito aún, y ha lugar a la devolución según la sentencia 707/2023 del Tribunal Supremo.

La recepción de ese dinero no es necesariamente inmediata. Ocurre algo similar con las devoluciones regulares de Hacienda cuando las declaraciones de la renta individuales salen negativas y, por tanto, el Estado debe retornar esos fondos a la persona declarante, por las razones individuales que se esgriman y procedan en cada declaración. El dinero puede llegar hasta seis meses después del final de la campaña de la Renta: es decir, hasta el último día del año. Si se llega a enero, hay una penalización diaria para Hacienda que se aplica en la cantidad final.

Procedimiento y excepciones para mutualistas

Para el caso de los mutualistas afectados por esas cotizaciones erróneas del IRPF entre los años 1967 y 1978 hay disponible un formulario en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Lo más habitual, eso sí, es que el plazo de recepción del dinero no sea muy largo. Es más, muchos jubilados y pensionistas han recibido la devolución de Hacienda a los pocos días de entregar el borrador de la declaración de la Renta.

No todos los mutualistas pueden pedir esta compensación: por ejemplo, quedan fuera los que cotizaron en el régimen de las Clases Pasivas del estado, los autónomos y las aportaciones a mutualidades de viudedad y de pensiones no contributivas.

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