Economía
Suscríbete

economía

Así les sale la declaración de la renta a los mutualistas con suerte: de pagar 200 euros a cobrar 3.000

En esta campaña de la Renta se están dando casos dispares entre los pensionistas que se benefician del ajuste de retenciones y los que no.

Primer día de campaña de la Renta en las oficinas de Hacienda. Plaza san Pedro Nolasco de Zaragoza.
Primer día de campaña de la Renta en las oficinas de Hacienda. Plaza san Pedro Nolasco de Zaragoza.
Oliver Duch

Los pensionistas que cotizaron en su día a través de mutualidades siguen siendo unos de los que más dudas tienen este año a la hora de presentar la declaración de la renta. En la información que tiene de ellos la Agencia Tributaria figuran unas cantidades que les debe devolver a través de las retenciones, pero no siempre. Entre los ejemplos de esta campaña se puede ver cómo está siendo una alegría para los beneficiados, que incluso pasan de tener que pagar a devolver, y una decepción para los que no pueden aprovecharlas. 

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los jubilados de este colectivo a recuperar parte de las cuotas declaradas a través de mutulidades en la tributación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Entre los colectivos hay funcionarios, trabajadores de la minería, astilleros o de banca. 

La Agencia Tributaria ha dedicado un apartado especial en su página web (sede.agenciatributaria.gob.es) para explicar cómo debe incluirse en la declaración. La cuantía que se comunique a través de los datos fiscales  reduce la cantidad a introducir como rendimiento del trabajo en la declaración de cada ejercicio "cuando se perciban pensiones de jubilación o invalidez por aquellos mutualistas cuyas aportaciones no pudieron ser en su momento objeto de reducción o minoración en la base imponible", explica la propia Hacienda. "De esta forma se evita una doble tributación por dichas aportaciones", precisa. 

El cambio se incluye en la Disposición Transitoria 2ª de la Ley del IRPF. Esta se adapta a las sentencias del Tribunal Supremo, las últimas de fecha 28 de febrero de 2023 y 10 de enero de 2024.

Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja han venido alertando de que "no todos los mutualistas tienen derecho a que les devuelvan dinero en la Renta". A los despachos siguen llegando casos de pensionistas "todos los días", afirman desde el cita colegio, que pertenecieron a algunas de las mutualidades ya desparecidas, con distinta suerte fiscal. Estos son dos ejemplos reales de dos casos extremos en los que la modificación legal beneficia y no afecta al contribuyente.

Pensión de un mutualista casi máxima con devolución

Uno de los ejemplos de mayor impacto del llamado 'ajuste por mutualidades' se ha dado en uno de los casos que han llegado a los gestores administrativos. Un jubilado aragonés con una pensión de 40.000 euros anuales, una de las más altas del sistema público, con alrededor de 2.800 euros al mes, pagó el año pasado unos 200 euros tras presentar la declaración del IRPF. Solo declara la prestación y la vivienda en la que vive. Entonces tuvo retenciones por más de 8.000 euros.

Sin embargo, este año, cobrando 43.000 euros, ya que la pensión en 2023 se vio incrementada un 8,5% de subida, a sus retenciones suma que el llamado 'ajuste de mutualidades' disminuye la base imponible que paga del impuesto. "Por eso le sobra más dinero de las retenciones que le hicieron y es lo que le devuelven de más", explican desde el citado colegio profesional. Así, ha terminado con una declaración con resultado a devolver de 3.000 euros, pese a tener unos ingresos superiores. 

Pensión mínima de un mutualista sin retención 

En los despachos de los gestores administrativos también llegan personas que no pueden beneficiarse de este cambio. Entre ellos, quienes cobran una prestación mínima, porque a esta no se le retiene ninguna cantidad. Así, una jubilada zaragozana que cobraba 6.000 euros al año, 428 euros al mes, no pudo beneficiarse de los 820 euros en concepto de ajuste de mutualidades que le llegó en sus datos fiscales. 

Quien se beneficia de la medida puede pedir mediante un formulario específico que se descuenten las cotizaciones de las mutualidades en la actual declaración de la Renta de 2023 y las de los años 2019, 2020, 2021 y 2022. La Agencia Tributaria explica cómo solicitar la devolución de mutualistas en uno de sus vídeos de esta campaña.

En él indica que dicho documento permite reclamar todos los años a la vez. Este se puede presentar a través de la página web de la Agencia, en el mencionado apartado especial. Es necesario contar con el DNI electrónico, certificado digital, Cl@ve o si se dispone del número de referencia de la declaración de la renta. La Agencia recuerda que solo se ha de introducir el nombre, teléfono y un número de cuenta. Si hiciera falta adjuntar documentación se solicitaría al tramitar el expediente", señala Hacienda en sus instrucciones.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión