Zaragoza

TRIBUNALES

El TSJA confirma la condena a 9 años de cárcel para el hombre que disparó a su cuñado en Zaragoza

El Alto Tribunal mantiene que la intención manifiesta del acusado fue la de matar a la pareja de su hermana en Villamayor de Gállego.

Los acusados, Daniel A. S. y Daniel A. D., este lunes en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Oliver Duch

Cuando Daniel Arizón Simón disparó a su cuñado en la cara con una escopeta de caza lo hizo con la clara intención de matarlo. Si no lo logró, fue porque el tiro no alcanzó órganos vitales y porque su hermana se interpuso entre él y la víctima. Así lo había considerado en su día el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, que lo condenó a nueve años de cárcel por los delitos de homicidio en grado de tentativa y tenencia ilícita de armas, y así lo hace ahora también el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que ha ratificado la sentencia tras el recurso planteado por los acusados. El fallo mantiene también el castigo de nueve meses de privación de libertad para su hijo Daniel A. D. por la posesión de un arma de fuego sin licencia.

Los hechos ocurrieron el 17 de enero de 2023. Sobre las 13.00, Daniel Arizón, en compañía de su hijo, acudió a la vivienda que su hermana compartía en Villamayor de Gállego con Óscar S. F. dentro de una relación sentimental que los ahora condenados no veían con buenos ojos. Para hacer la visita se llevaron una pistola de aire comprimido semiautomática y una escopeta de corredera sin culata apta para cartuchos del calibre 12 cuyo robo había sido denunciado en Huesca en 2020.

Al poco de llegar ellos también apareció Óscar S. F. a bordo de su furgoneta. En ese momento, Daniel Arizón y Daniel A. D. fueron a su encuentro. El primero, con la escopeta en la mano y el segundo, con la pistola. Al darse cuenta la víctima de la situación, intentó protegerse detrás del vehículo junto a la puerta del copiloto. A pesar de ello, Daniel Arizón disparó desde el otro lado. Los perdigones del cartucho atravesaron los cristales de ambas puertas y varios de ellos alcanzaron en la cara a Óscar S. F., que quedó tendido en el suelo. Para protegerlo, su pareja se echó sobre él evitando que su hermano y su sobrino volvieran a agredirle.

Ante esto, Daniel Arizón y Daniel A. D. huyeron mientras que su hermana y su pareja lograron llegar a un centro de salud. Como consecuencia de los perdigones, Óscar S. F. padeció graves lesiones en la zona derecha de la cara, concretamente en la nariz, el labio, el pómulo y en un ojo, en el que ha perdido agudeza visual y ha sufrido una alteración del iris. Requirió de intervención quirúrgica y tardó 196 días en curar.

La defensa de Daniel Arizón y su hijo planteó en su recurso que lo ocurrido no debía ser calificado como un intento de homicidio, sino, en todo caso, un delito de lesiones. Para ello alegó que su representado, a pesar de tener el control de la situación, no mató a Óscar S. F. no porque alguien se lo impidiera, sino porque no quiso. Además, resaltó que las heridas de la víctima no fueron mortales y no comprometieron ni su vida ni los órganos vitales.

A esto, la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJA responde que Daniel Arizón llevó a cabo todos los actos que debieron producir la muerte de la víctima pues “disparó sobre su cabeza, a escasa distancia y con una escopeta de caza”. “Si la muerte no se produjo, no fue porque el acusado desistiese de su acción, sino, probablemente, porque el disparo se efectuó a través de los cristales de un vehículo que absorbieron el impacto”, añade en su escrito. Además, sostiene que si no hubo más tiros fue porque su hermana se abalanzó sobre su pareja para protegerlo.

El TSJA también desestima el recurso por la condena a Daniel A. D. por un delito de tenencia ilícita de armas. Considera el tribunal que, aunque quien portaba la escopeta y disparó era su padre, ambos eran conscientes de que se iba a emplear el arma, por lo que los dos deben responder de su posesión ilícita.