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Una sentencia da la razón a la San Jorge y anula un requisito de las becas salario de Aragón para universitarios

El TSJA considera que fijar un precio máximo del crédito y tomar una referencia que no tiene en consideración el coste real supone una "clara discriminación" del campus privado.

Alumnos de la Universidad San Jorge en su campus de Villanueva de Gállego.
Alumnos de la Universidad San Jorge en su campus de Villanueva de Gállego.
USJ

Una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) vuelve a dar la razón a la Universidad San Jorge (USJ), campus privado de la Comunidad, en otro de sus contenciosos contra el Departamento de Educación del anterior cuatripartito de gobierno (PSOE, PAR, Podemos y CHA). En esta ocasión, el TSJA declara nulo uno de los requisitos que los estudiantes universitarios debían cumplir para acceder a las becas salario impulsadas por el equipo que dirigía la entonces consejera podemista Maru Díaz. Se trataba de uno de los proyectos estrella para que jóvenes con expedientes académicos brillantes y procedentes de entornos desfavorecidos pudieran centrarse en sus carreras y no tener que trabajar para financiarse los estudios. Además, el tribunal impone a la Administración las costas, sin que puedan superar en ningún caso los 1.500 euros.

El fallo estima que la condición invalidada excluye de estas ayudas a la entidad académica privada y a sus estudiantes por lo que viola el principio de igualdad y el derecho a la educación reconocidos en la Constitución. La USJ recurrió la orden que regulaba las becas salario para el curso académico 2022-2023 y, en concreto, la obligación de un precio por crédito que no superara el importe de 69,45 euros, sin la aplicación de reducciones, bonificaciones y exenciones.

"Exclusión indirecta" del campus privado

En su dictamen, el tribunal estima que se produce una "exclusión indirecta" del campus privado, “en cuanto que el precio que se paga por crédito en las mismas es forzosamente más elevado que el de las públicas, en las que se subvenciona gran parte del coste”. En relación a las universidades privadas afirma también en otro momento del fallo que “no pueden hacer la reducción de precios que sí pueden las públicas, con lo cual la fijación de dicho parámetro equivale a excluirlas, privando a los potenciales alumnos que tengan rentas bajas de acceder a las mismas, cercenando su derecho a la educación”.

El juez considera “evidente” que se produce “una clara discriminación” tanto por la fijación de un precio máximo del crédito, “que excluirá a todos aquellos en los que el precio, incluso en universidades públicas, esté por encima de la media resultante, y habrá muchos”, como por el hecho de tomar una referencia que no tiene en consideración el precio o coste real. Añade además que ni siquiera tiene relación con la renta, que es un factor que ya se tiene en cuenta en otra de las exigencias para poder recibir la beca. “Y no garantiza la igualdad de oportunidades”, concluye en este punto el magistrado.

La convocatoria de becas salario recurrida por la San Jorge es la segunda de las tres que se lanzaron para los cursos 2021-2022, 2022-2023 y 2023-2024 y que están dotadas con 950 euros al mes durante los diez del curso universitario. De las 95 plazas convocadas, solo se asignaron 40 y no todas siguen activas a día de hoy. Este pronunciamiento del TSJA que viene a dar la razón a la San Jorge se suma a los que ya se han producido que anulan las convocatorias de la DGA a ayudas a másteres también por discriminar a la universidad privada.

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