Sociedad
Suscríbete

¿A qué horas se puede hacer ruido en casa? Esto dice la ley

El cumplimiento de estas regulaciones contribuye a evitar conflictos y disputas entre individuos y fomenta un ambiente más seguro.

Compraventa de vivienda.
Compraventa de vivienda.
Bernie_photo

El ruido es uno de los principales inconvenientes a la hora de comprar y tener una vivienda. Además de devaluar su precio, supone un auténtico quebradero de cabeza para el que vive en su interior, afectando a su bienestar en el hogar. En muchas ocasiones, obliga al propietario a hacer una inversión para mejorar el aislamiento acústico a través de las ventanas, algo que no siempre termina de solucionarlo.

Normalmente, este inconveniente se suele dar en el exterior de las viviendas cercanas a grandes zonas de ocio, aunque también puede afectar en la propia comunidad, por parte de los vecinos, con algo tan simple como una obra. Así, existe una ley que regula hasta qué horas se puede hacer ruido dentro del hogar. El Real Decreto 1513/2005 de 16 de diciembre, consolidado a 24 de octubre de 2007, tiene como objetivo desarrollar la Ley 37/2003 del Ruido. Aquí se establecen las directrices sobre el control del ruido, sin embargo, son las comunidades autónomas y los municipios los que tienen la última palabra a la hora de fijar los horarios y niveles de ruido permitidos, lo que puede variar según el lugar.

Para cumplir su objetivo, este Real Decreto regula la elaboración de mapas estratégicos de ruido que determinan la exposición de la población al ruido ambiental y la adopción de planes de acción para prevenir y reducir dicho ruido, especialmente cuando puede tener efectos nocivos en la salud humana. También pone énfasis en la importancia de informar a la población sobre el ruido ambiental y sus efectos, así como sobre las medidas de prevención y corrección adoptadas.

¿Hasta qué hora se puede hacer ruido en casa?

De forma general, los municipios permiten el ruido de lunes a viernes, de 8.00 de la mañana a 21.00 o 22.00 de la noche, mientras que los fines de semana y días festivos este horario se reduce de 9.30 a 21.00. No obstante, esto no significa que todo valga durante el día. Aunque es posible tolerar más ruido durante el horario de actividad, hay que tener y evitar ruidos constantes o muy elevados, ya que normalmente las ordenanzas también establecen límites diurnos.

En el caso de Zaragoza, la ordenanza municipal establece que de 8.00 a 22.00 no se pueden superar los 40 decibelios en las piezas habitables y los 45 en pasillos, aseos y cocinas. En la franja nocturna, de 22.00 a 8.00, estas mismas cifras son de 27 y 30, respectivamente. 

¿Qué ruidos se pueden provocar?

Con carácter general, la ordenanza previene contra ruidos provocados por aparatos electrodomésticos y equipos de aire acondicionado, aparatos e instrumentos musicales o acústicos, radio y televisión, sonidos y ruidos emitidos por animales domésticos y tono excesivamente alto de la voz humana o la actividad directa de las personas.

Se prohíben las actividades de carga y descarga de mercancías, manipulación de cajas, contenedores, materiales de construcción y objetos similares en la vía pública entre las 22.00 y las 7.00, cuando estas operaciones superen los límites de ruido establecidos en la ordenanza.

Respecto de los equipos de aire acondicionado, con carácter general no podrán superar los 55 dB en el exterior, medido a 5 metros de distancia del foco emisor en la dirección de máxima emisión y sin que sus niveles sonoros superen los límites señalados.

Si se superan en 3 dB dichos límites se comete una infracción leve. Entre 3 y menos de 6 dB la infracción es grave y con 6 dB o más la infracción es muy grave, con multas de hasta 1.803 euros.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión