Economía

El Gobierno incluye la edad como factor para jubilarse antes en profesiones penosas

También da marcha atrás y permitirá a la patronal y a los sindicatos solicitar de manera individual el retiro anticipado si no se ponen de acuerdo

Un obrero trabaja en la construcción de una vivienda en Menorca
Efe

Determinadas profesiones podrán jubilarse antes de tiempo por cumplir cierta edad. Esta es una de las cesiones que ha hecho el Gobierno en materia de pensiones para tratar de atraer a los sindicatos y a la patronal a un acuerdo sobre las últimas materias que quedaban pendientes de la reforma del sistema.

El Ministerio de Seguridad Social, además de abrirse a mejorar ligeramente su propuesta de jubilación parcial que tanto disgustó a los interlocutores sociales, también ha cedido a la petición de los sindicatos y ha incluido la edad como uno de los motivos para poder jubilarse de forma anticipada y sin penalización en determinadas profesiones penosas, algo que abre la puerta a que, por ejemplo, las trabajadoras de dependencia y otros colectivos puedan acceder a una pensión sin tener que esperar hasta los 65 años o más.

Esta era una de las líneas rojas para los sindicatos: que el nuevo método para establecer los coeficientes reductores que permitirán anticipar el retiro a determinados colectivos recogiera de forma clara que la edad es uno de los elementos que pueden influir a la hora de tener que retirarse antes, al margen de otros factores como pueden ser las bajas laborales, los accidentes de trabajo, la morbilidad. puesto que, a juicio de UGT y CC OO, hay determinadas actividades que no se pueden realizar a partir de determinada edad, como son, claramente, los cuidadores profesionales o las camareras de piso. "La edad en sí misma ya condiciona y no necesita tener altos índices de peligrosidad ni penosidad", defiende Cristina Estévez, secretaria de Política Sindical de UGT.

Hasta ahora el departamento liderado por Elma Saiz se había negado a entender la edad como un factor incapacitante en sí mismo para realizar determinados trabajos, pero en el último borrador de Real Decreto que presentó en la mesa del diálogo social -y al que ha tenido acceso este periódico- ya ha incluido en varios párrafos que la edad es ya un indicador válido. Así, entiende que son profesiones "penosas" aquellas que realizan actividades "en condiciones extremas que implican un esfuerzo constante o de gran dificultad caracterizado, entre otras circunstancias, por la edad, la exposición a calor/frío extremo, ruido, vibraciones, atención permanente requerida, uso permanente de fuerza física, nocturnidad, turnicidad, uso permanente de equipos de protección personal portados".

Además, incluye también que el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá informar de "aquellas actividades en las que los requerimientos físicos o psíquicos a partir de una determinada edad constituyen una limitación, con atención particular a la dimensión de género de estos supuestos".

Nunca antes de los 52

Eso sí, ninguna profesión podrá jubilarse nunca antes de los 52 años y, asimismo, solo podrá hacerse "cuando no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo".

Otra cesión que ha hecho el Ministerio de Seguridad Social es que da marcha atrás y permitirá que no sea estrictamente necesario que los sindicatos y la patronal se pongan de acuerdo y soliciten de manera conjunta establecer coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación a determinada profesión, sino que, si no se pusieran de acuerdo, podrán solicitarlo de manera individual, aunque para ello "deberá acreditarse por la parte solicitante (ya sea sindicatos o empresarios) la imposibilidad de presentar de forma conjunta la solicitud por negativa de la otra parte legitimada a iniciar este procedimiento".