Economía
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Más separaciones de bienes en Aragón: "Hay divorcios donde se reparten hasta los imanes de la nevera"

En la comunidad aumentan las parejas jóvenes que prefieren esta fórmula a la sociedad de gananciales tradicional cuando se casan, aunque los expertos advierten que también pueden surgir conflictos.

Las separaciones de bienes han aumentado en Aragón.
Las separaciones de bienes han aumentado en Aragón.
K. U.

Unirse en matrimonio no supone simpre hacerlo económicamente. Las parejas tienen la posibilidad de pactar el régimen de separación de bienes, que en el caso de Cataluña es el que se aplica por defecto, salvo pacto en contrario. En Aragón, cuando dos personas deciden casarse entra en juego el llamado régimen consorcial del derecho foral, similar al de gananciales que es el habitual en el resto de España. En los últimos años ha aumentado el número de parejas que optan por mantener sus finanzas separadas, según el último informe del Consejo General del Notariado.

"En el matrimonio tradicional había una concepción familiar del patrimonio de manera que se entendía que el proyecto de vida en común que supone el matrimonio suponía también un proyecto patrimonial", apunta Dámaso Cruz, decano del Colegio de Notarios de Aragón. "El hombre trabajaba fuera de casa y la mujer dentro y se formaba un patrimonio común. En la base del régimen estaba proteger fundamentalmente a la mujer", añade el notario.

Crisis de pareja o para proteger el patrimonio

Sin embargo, afirma que en las parejas jóvenes la relación en el ámbito económico es diferente. "Ahora cada uno tiene su trabajo y su casa y el proyecto de vida en común no tiene necesariamente un reflejo patrimonial. La unión de vida no implica la del patrimonio", señala. Esto hace que aumente el número de parejas que se casan pero firman también unas capitulaciones matrimoniales. "Hay parejas que quieren que el dinero no sea una razón para seguir juntos", señala por su experiencia profesional. Esta motivación sería diferente a la que llevaba a los matrimonios a separar bienes en las generaciones anteriores. El notario detalla que "antes se pactaba la separación de bienes en situación de crisis matrimonial o porque uno se comprometía con un negocio y quería proteger el patrimonio familiar".

En las motivaciones coincide también Marta Gil, desde el Colegio de Abogados de Zaragoza, aunque cree que las parejas no son conscientes de la importancia del régimen económico. En su opinión, hay que plantearse optar por la separación de bienes "cuando existe una profesión de riesgo o para evitar que la ruina de uno lleve a la de otro, por ejemplo, si hay riesgo de un accidente laboral, una inspección de Hacienda en un negocio o acumular deudas o responsabilidades". La abogada recuerda que "los bienes que vengan de riqueza familiar y los previos al matrimonio" son "privativos", es decir, del cónyuge que los aporta.

Qué son las capitulaciones matrimoniales

El tipo de acuerdo que regula la sociedad conyugal se incluye en estas capitulaciones matrimoniales. Estas son "un pacto que se establece entre los cónyuges antes o durante el matrimonio, con el fin de ordenar el régimen económico matrimonial", según lo define el citado Consejo General del Notariado, que ha presentado esta semana un balance de los actos jurídicos que afectan a los hogares, con motivo del Día Internacional de las Familias el pasado miércoles. Si el acuerdo se alcanza antes del matrimonio "pierde eficacia si este no se celebra en un año", precisa Cruz. Después de la boda se pueden firmar en cualquier momento.

En 2023 se llevaron a cabo un total de 65.246 capitulaciones matrimoniales en todo el país, de las cuales el 92,3% correspondieron a parejas que optaron por la separación de bienes, mientras que el 5,1% optó por el régimen de gananciales, y el 2,5% restante se distribuyó entre otros tipos de regímenes de comunidad. Se trata del número más alto de la serie. Los datos de los notarios muestran una tendencia al alza desde 2013, interrumpida durante la pandemia provocada por la covid durante 2020. Las autonomías que registraron el mayor número de capitulaciones matrimoniales fueron la Comunidad de Madrid (23,7%), seguida de Andalucía (20,3%) y la Comunidad Valenciana (12,6%).

En Cataluña, Navarra, La Rioja, y Baleares se registró un menor número de capitulaciones matrimoniales, representando entre las cuatro solo el 3,7% del total. En el caso de Cataluña y Baleares esta diferencia podría deberse a que su normativa establece por defecto el régimen de separación de bienes, y, en el caso de Navarra (0,9%) y La Rioja (0,4%), al hecho de que sean autonomías con menor número de habitantes. En Aragón el porcentaje sobre el total fue del 3%.

El notario precisa que hay grandes diferencias con los acuerdos prenupciales que conocemos a través de las películas anglosajonas. "En el derecho continental europeo no todo se puede pactar", advierte. Así, en este documento prenupcial o firmado tras la boda "no se puede decidir con quién estarán los hijos en caso de separación, sino que lo decidirá el juez previa audiencia del Ministerio Fiscal", pone como ejemplo. "Solo los efectos patrimoniales", recalca. Del total de capitulaciones matrimoniales realizadas en 2023 en España, el 58,2% fueron prenupciales y el 41,7% fueron firmadas después del matrimonio, según el informe del Centro de Información Estadística del Notariado (CIEN).

Gananciales y derecho aragonés

En Aragón, si no se acuerda nada en un  matrimonio se aplica el régimen "consorcial aragonés", añade Cruz. Este supone que "todo lo que se adquiere durante el matrimonio por el trabajo de cada uno o se compra pasa a ser de los dos, de esa sociedad conyugal", explica de forma sencilla. Además, "la peculiaridad es que por el hecho de estar casado en ese régimen el cónyuge superviviente tiene el usufructo de viudedad", añade. Esta última es una figura legal también del derecho aragonés que otorga mayor protección al viudo o viuda ya que "pasa a tener el usufructo universal de todo, el derecho de usar y disfrutar todo y de manera vitalicia".

En caso de que se rompa la relación, la abogada cree que en la práctica "es más fácil liquidar un régimen ganancial que uno de separación de bienes", simplemente, porque el primero está más regulado. "Como en el régimen de gananciales es en el que más tenemos asentado qué es privativo y ganancial, la regulación es más clara", asegura Marta Gil. Así, en el de separación de bienes habrá que definir qué es contribuir en función de las necesidades de cada uno o ver qué ha aportado cada uno a las cargas matrimonio.  Además, indica que existe una compensación por dedicación al hogar "que la gente desconoce". Si había una sociedad de gananciales a la hora de calcular una posible cuantía "por el desequilibrio económico que genera la ruptura" se tiene en cuenta el régimen matrimonial. El régimen económico consorcial aragonés se regula en los artículos 210 y siguientes del Código de Derecho Foral Aragonés y el régimen de separación de bienes en el 203 y siguientes.

El año pasado se realizaron ante notario 12.162 escrituras de liquidación de sociedad conyugal y 13.781 aportaciones a la sociedad conyugal en el último año. Según el informe del notariado Andalucía registró el mayor número de casos de liquidaciones de sociedad conyugal con un 24,1%, seguida de Madrid con un 19,8% del total nacional. Los datos indican "una tendencia a la baja en el número de actos jurídicos relacionados con la liquidación de sociedades conyugales, disminuyendo un 39,1% desde 2007", concluye.

El notario recalca que "aunque haya separación de bienes hay ciertas cosas de las que se presume la cotitularidad". Sea cual sea el régimen económico, cuando se produce una ruptura el reparto de los bienes puede llevar a situaciones extremas. "He visto convenios reguladores de divorcio de una pareja donde se llegaba a repartir hasta los imanes de la nevera, el cesto de la ropa sucia o la cubertería por unidades", pone como ejemplos.

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