Zaragoza
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El juez archiva el caso del inspector de Policía de Zaragoza acusado de mentir para echar a un subordinado

No considera probado que el encausado falseara un informe interno para intentar hacer ver que el agente había dejado sin vigilancia los calabozos. 

Jefatura Superior de Policía de Aragón.
Jefatura Superior de Policía de Aragón.
Oliver Duch

El juez de Zaragoza que investigaba a un inspector de la Policía Nacional para aclarar si había mentido de forma deliberada con intención de perjudicar e incluso intentar echar a un subordinado acaba de archivar el caso. Y lo hace porque, tras revisar varias grabaciones, tomar declaración al denunciante, al denunciado y a varios mandos de la Jefatura Superior de Aragón, no puede concluir que el investigado cometiera un delito de falsedad documental. Eso sí, el magistrado tampoco cree que haya motivos para abrir ahora diligencias penales al agente por falsa denuncia, tal como proponía su superior.

El funcionario decidió denunciar al inspector después de que este redactara un informe interno o minuta en el que lo acusaba de abandonar su puesto de trabajo en los calabozos de la comisaría de Delicias antes de que llegara el relevo. O lo que es lo mismo, le reprochaba que dejara a los detenidos sin vigilancia, una falta muy grave que se castiga con hasta seis años de suspensión de empleo y sueldo. 

El expediente disciplinario que se abrió al agente acreditó que no se produjo ningún abandono de trabajo, por lo que acabó archivado. Al considerarse agraviado, el investigado respondió denunciando por la vía penal a su superior. Sin embargo, tras varios meses de averiguaciones, el titular del Juzgado de Instrucción 11 de Zaragoza dice ahora que la causa no tiene más recorrido.

Los hechos se produjeron en septiembre de 2023

Los hechos que dieron lugar a esta causa se remontan al 8 de septiembre de 2023, fecha en la que el denunciante prestaba servicio junto a otro compañero en los calabozos de la avenida de Valencia.

Ambos funcionarios tienen autorizada la reducción de jornada por conciliación familiar. Y según el informe que dio lugar al expediente interno, los dos se marcharon antes de que a las 19.55 llegaran sus compañeros para hacer el relevo. “Resulta curioso que únicamente se abriera expediente disciplinario contra él, teniendo en cuenta, además, que su compañero tenía fijado un horario de salida de media hora más tarde”, decía la denuncia interpuesta por el abogado Fernando Rodríguez Burgués, en nombre del expedientado.

Según la denuncia del agente, su superior lo acusó también en aquel informe interno de comunicar su hora de salida “de forma fraudulenta” a la central del 091, algo que, supuestamente, habría obligado a retirar de la calle a una patrulla para que se encargara del relevo. “Teniendo que finalizar de manera prematura las gestiones realizadas en una actuación por hurto”, indicaba el inspector encausado, jefe de turno del Servicio de Atención Ciudadana (SAC).

Cuando fue llamado a declarar en calidad de investigado, el inspector aseguró al juez que no escribió en su informe nada que no fuera cierto, por lo que deducía que se había producido un error de interpretación. Aclaró que nunca había dicho que el denunciante y su acompañante se marcharon de los calabozos antes de que llegara el relevo dejando sin vigilancia a los detenidos. “He leído muchas veces ese párrafo de la minuta y en ningún momento he visto que pudiese decir que abandonan el calabozo; no veo donde yo haya puesto que dejan a los detenidos sin custodia, con el riesgo que supone para su fuga o integridad”, declaró.

Lo cierto es que el magistrado llega ahora a la misma conclusión que el investigado. “No se expone en la minuta que el denunciante abandonara sus funciones, sino solo que los funcionarios de relevo ya se hallaban en el calabozo antes de las 19.55, y que los funcionarios de Protecciones y Custodias ya habían marchado, pero no se dice que se marcharan antes de que llegara el relevo”, aclara en el auto de archivo de las actuaciones.

El juez también considera acreditado que hubo que retirar de la calle a dos policías para que relevaran al denunciante en los calabozos de la comisaría de Delicias, por lo que al reflejar esta circunstancia en su informe, la inspector tampoco habría mentido. “En consecuencia -apunta el magistrado-, los hechos objeto de denuncia no son constitutivos de delito ni se constata dolo falsario por parte del denunciado”.

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