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Las graves amenazas a una anciana de 94 años impedirán a su hijo seguir viviendo con ella en Zaragoza

Una jueza condena al hombre a casi dos años de cárcel y le impone una orden de alejamiento de la nonagenaria, que sufre demencia.

Alejandro Nolasco inaugura el juzgado 23 en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza
Imagen de archivo de la Ciudad de la Justicia de Zaragoza
Francisco Jiménez

Un juzgado de Zaragoza acaba de condenar a prisión un hombre de 54 años por el trato dispensado a su anciana madre, de 94 años y con demencia. La detención del acusado se produjo el 26 de septiembre de 2022 en un céntrico edificio de la capital aragonesa justo después de que un vecino llamara a la Policía para alertar de los golpes, gritos y amenazas de muerte que estaba escuchando a través del patio de luces.

Cuando llegaron los agentes, el testigo les explicó que lo había grabado todo y que este tipo de situaciones venían repitiéndose “con cierta frecuencia”. Casi dos años después, una jueza acaba de castigar al encausado por su más que reprochable comportamiento. Sin embargo, aunque la sentencia podría solucionar un grave problema, su aplicación podría causar otro no menos importante. 

La nonagenaria nunca quiso denunciar a su hijo. Dada su avanzada edad y delicado estado de salud, ni siquiera fue citada para comparecer en el juicio, celebrado el pasado mes de junio en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza. Pero, ¿por qué protege la mujer al acusado? Resulta que ambos viven juntos y que es el ahora condenado quien cuida de la anciana. Y aunque el hombre intentará evitar el ingreso en prisión por ser la pena que se le ha impuesto inferior a dos años, la que no podrá impedir es la medida de alejamiento que le prohíbe seguir viviendo bajo el mismo techo que su madre. De hecho, tampoco podrá comunicarse con ella durante los próximos dos años.

Cierto es que la sentencia no es firme y que el condenado puede recurrirla todavía ante la Audiencia Provincial de Zaragoza. Por este mismo motivo y pese a la gravedad de los hechos investigados, el hombre sigue conviviendo a día de hoy con la anciana. ¿Hasta qué punto esto es  bueno para ella? La respuesta no es sencilla. En cualquier caso, todo apunta a que la defensa impugnará el fallo condenatorio, lo que prolongaría irremediablemente la situación actual durante al menos un tiempo.

La Fiscalía pedía casi cuatro años de cárcel

La Fiscalía acusó a A. D. G. por dos delitos, uno de amenazas graves contra su madre y otro de atentado a los agentes de la autoridad, puesto que el hombre se mostró también “agresivo y amenazante” con la patrulla que acudió a socorrer a la mujer. Por el primero pedía dos años y tres meses de prisión y por el segundo, año y medio más. En total, tres años y nueve meses. Sin embargo, al aplicarle una circunstancia agravante de parentesco y otra atenuante de embriaguez, la condena impuesta al acusado ha sido finalmente de un año y ocho meses.

Con la ley en la mano, de declararse firme la sentencia, el hombre podría pedir la suspensión de la misma para no acabar en una celda del centro penitenciario de Zuera. Pero resulta que este arrastraba otra reciente condena de seis meses de cárcel por otro atentado a agentes de la autoridad. Y habrá que ver si esto condiciona o no la concesión del posible beneficio penitenciario.

El acusado alegó en el juicio que tiene un problema de alcoholismo para el que se estaría sometiendo a un tratamiento de deshabituación. Llegó a decir que el día que fue arrestado había bebido whisky y brandy y estaba "totalmente alcoholizado". De su evidente estado de embriaguez habrían dado cuenta tanto el vecino que alertó el día de los hechos a la Policía Nacional como los propios agentes que lo detuvieron.

Los forenses fueron concluyentes

Sin embargo, los forenses que examinaron al investigado emitieron un informe en el que decían que no apreciaban alteraciones en la capacidad de “conocer, comprender y actuar” del encausado. Razón por la cual, la jueza no puede aplicarle ahora la eximente por embriaguez que proponía la defensa. Ni la completa ni la incompleta, aclara. Eso sí, “a la vista de las manifestaciones de los testigos y las circunstancias objetivadas”, considera adecuado que se aplique al acusado una atenuante por consumo de alcohol.

Los delitos de amenazas son difíciles de acreditar, ya que los autores acostumbran a buscar la ausencia de testigos. Para sorpresa de la magistrada, A. D. G. aprovechó el juicio para dar una “versión novedosa” de lo sucedido. Como indica en la sentencia, este trató de exculparse diciendo que cuando le oyeron gritar no estaba amenazando a su madre sino discutiendo por teléfono con un compañero de trabajo. Ninguna credibilidad merecen estos argumentos a la jueza, quien se ha encargado de desmontarlos citando la declaración de los agentes que detuvieron al acusado. Según estos, cuando les abrió la puerta, estaba fumando y no llevaba ningún teléfono en la mano. Pero es que además, antes de llamar, los policías le escucharon decir claramente: “Te voy a matar, puta” (refiriéndose a su madre).

La grabación de audio aportada por el vecino que alertó a la Policía también ha resultado ser una prueba clave, puesto que deja constancia de que es una mujer de “avanzada edad” quien responde a las graves amenazas de muerte diciendo “¡cállate ya!”. Según los agentes que auxiliaron a la anciana, esta se encontraba "atemorizada" y les reconoció que tenía "miedo" porque cuando su hijo llega ebrio a casa se pone "muy agresivo".

¿Qué pasará finalmente con el acusado? ¿Quién se hará cargo de la anciana? Estas son dos preguntas a las que habrá que esperar todavía para dar respuesta. De momento, todo apunta a que será la Audiencia de Zaragoza quien tenga que pronunciarse.

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