Zaragoza
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Dos años de cárcel por quedarse la señal de dos personas que buscaban pisos de alquiler en Zaragoza

La Audiencia no considera agravado el delito porque entiende que el engaño no recayó sobre una vivienda concreta sino sobre un "mero propósito de alquiler que quedó frustrado"

Los dos acusados, durante el juicio celebrado este martes en la Audiencia Provincial de Zaragoza
La Audiencia ha condenado a José Alfredo G. B., sentado a la derecha en la Audiencia Provincial de Zaragoza
M. G. C.

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a dos años de cárcel a José Alfredo G. B. por estafar a dos personas que confiaron en él para que les ayudara a encontrar sendos pisos de alquiler. El tribunal ha absuelto a Javier G. G., dueño de la inmobiliaria que había dado trabajo a José Alfredo G. B. como “captador” de clientes, al quedar probado que nada tuvo que ver con el engaño que sufrieron los dos perjudicados. Al contrario, considera que el condenado utilizó su relación laboral para generar confianza en las víctimas.

El acusado actuó de manera similar en ambos casos. Primero enseñó a los interesados dos pisos que les gustaron y se adaptaban a lo que buscaban y, por esa razón, le entregaron señales de 550 y 600 euros, respectivamente. Sin embargo, luego les dio largas, se quedó con el dinero y nunca lograron arrendar los inmuebles que buscaban para usarlos como vivienda habitual.

La Fiscalía solicitaba para los acusados penas de tres años de cárcel al considerar que eran autores de un delito de estafa agravada por afectar a un bien de primera necesidad. Sin embargo, el tribunal de la Sección Primera no lo ve así y expone en la sentencia que ese precepto del Código Penal debe aplicarse de manera “restrictiva”.

La Audiencia de Zaragoza explica que si bien en este caso se entregaron cantidades como señal para concertar el alquiler, no se llegó a formalizar ningún documento de arriendo de una determinada vivienda. “No podemos calificar los hechos como tal estafa agravada, pues la misma no recayó estrictamente sobre una vivienda concreta, sino sobre un mero propósito de alquiler que quedaría frustrado”, recoge el fallo.

El fiscal pidió que, en caso de condena, José Alfredo G. B. fuera expulsado a su país, Argentina, aunque el tribunal no se pronuncia por no tener información suficiente sobre su situación personal y de arraigo en España. Además de la pena de cárcel, deberá abonar a los perjudicados los 1.150 euros de los que se apropió. 

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