Zaragoza
Suscríbete

tribunales

El ‘rey del simpa’ no esquiva la condena a prisión por tocar el pecho a una policía en una comisaría de Zaragoza

El TSJA ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Antonio Miguel Grimal y al que se adhirió la Fiscalía tras la pena a un año de cárcel por un delito de abuso sexual que le fue impuesta en enero.

Antonio Miguel Grimal Marco, en diciembre de 2017 cuando fue juzgado por dos estafas en la Audiencia de Zaragoza.
Antonio Miguel Grimal, durante un juicio en la Audiencia en 2017.
Guillermo Mestre

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) mantiene la condena a un año de prisión por un delito de abuso sexual que la Audiencia Provincial de Zaragoza impuso en enero a Antonio Miguel Grimal. Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal han desestimado el recurso interpuesto por la defensa del conocido como el ‘rey del simpa’ y al que se había adherido el Ministerio Fiscal. En respuesta a lo alegado en el escrito de apelación, consideran que el encausado sí tocó un pecho a una agente de la Policía Nacional durante una de sus detenciones y entienden que para calificar ese acto como un abuso sexual no es necesario que el ánimo del autor sea libidinoso.

Los hechos se remontan al 2 de abril de 2022 y sucedieron dentro de las dependencias de la comisaría del Actur. Grimal, que cuenta en su historial con más de sesenta estafas leves en establecimientos de hostelería, había sido arrestado por haberse ido una vez más de un bar sin pagar su consumición. Tras haber prestado declaración y durante su traslado a los calabozos, según denunció la agente que le escoltaba y después han considerado probado en sus fallos tanto la Sección Primera de la Audiencia Provincial como el TSJA, el ‘rey del simpa’ se giró de forma sorpresiva hacia ella y extendió su brazo izquierdo hacia la zona del escudo que portaba en el polo que vestía tocándole el pecho con la mano de forma consciente y deliberada.

En su recurso, la defensa de Grimal expuso que durante el juicio ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial no quedó acreditado que su representado tuviese contacto físico con la policía denunciante. Alega que en la grabaciones existentes no se puede observar si el acusado la tocó al aparecer ambos de espaldas. Al respecto, la sala del TSJA da validez a lo manifestado por la agente, que ha estado representada por la abogada Pilar Sangorrín. Considera en su sentencia que dicha grabación, aunque no permita visualizar el hecho, no deja lugar a dudas de que Grimal realizó el gesto necesario para llevarlo a cabo estirando el brazo hacia la zona del pecho. Además, subraya que sí se puede ver la reacción de la denunciante: “Se aparta en ese momento y se dirige al acusado para recriminarle su proceder”.

La defensa sostiene que aún en el caso de que hubiese contacto físico, éste no tuvo connotaciones sexuales y por tanto no cabe calificarlo de abuso sexual. Según manifiesta en su apelación, Grimal solo señaló al escudo y preguntó a la agente por la circunstancia de que no llevase su número de identificación. También la Fiscalía, que pide la absolución, descarta el ánimo libidinoso.

Para los magistrados del TSJA, sin embargo, la ausencia de ánimo libidinoso no es algo que impida que los hechos puedan ser tipificados como un abuso sexual. Exponen en la sentencia que para indicarle a la policía que no llevaba el número de identificación no era necesario tocarla y afirman que a los fines de la aplicación del tipo penal es irrelevante si la finalidad del acusado fue la de satisfacer un deseo sexual o simplemente faltar al respeto de la funcionaria de la Policía Nacional con un acto que describen como vejatorio y que supone “una lesión del derecho de la víctima a su autonomía personal en el ámbito de la dimensión sexual de su propio cuerpo”.

Por último, en la sentencia los magistrados también descartan que durante el proceso no se haya respetado la presunción de inocencia de Grimal y tampoco ven de aplicación el principio de ‘indubio pro reo’.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión