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De ser detenido en una operación especial de los GOES en Zaragoza a salir de la cárcel en 4 meses

La Fiscalía llegó a pedir siete años de cárcel para el acusado por agredir y poner en "riesgo extremo" a su novia, pero un pacto lo deja libre.

Imagen de archivo de una intervención de los GOES de la Policía Nacional en Zaragoza.
Imagen de archivo de una actuación en Zaragoza de los GOES, que tuvieron que intervenir también para detener al maltratador ahora condenado cuando se atrincheró en su piso..
Toni Galán

El pasado 21 de enero, el Grupo Operativo Especial de Seguridad (GOES) de la Policía Nacional se desplegaba en el barrio de Las Fuentes de Zaragoza para detener a un hombre de 39 años que se había atrincherado en su piso tras volver a agredir a su pareja. Cuando lograron acceder al domicilio y arrestar a Manuel M. D., los agentes encontraron allí una escopeta, un hacha, un machete, una daga y tres arcos con sus correspondientes flechas. Y al hacer una valoración del peligro que corría la víctima, se la clasificó en situación de "riesgo extremo". Todo ello llevó a la juez de guardia a ordenar prisión provisional para el maltratador, para el que la Fiscalía llegó a pedir después una condena de siete años de cárcel. Sin embargo, el pasado viernes, 24 de mayo, salió del centro penitenciario de Zuera y no está previsto que vuelva.

La puesta en libertad de Manuel M. D. ha sido posible gracias a una sentencia pactada por la Fiscalía, la acusación particular y la defensa, y a la que la titular del Juzgado de lo Penal número 8 de Zaragoza solo tuvo que dar validez legal. El acuerdo fue absoluto, hasta el punto de que nadie mostró su intención de recurrir y la magistrada pudo anticipar el fallo y declararlo firme a la conclusión del juicio. Es más, dado que el acuerdo fijaba la condena en un año y medio de cárcel y tampoco nadie se opuso a su suspensión, el agresor, al que defiende el letrado Francisco Antoranz, pudo volver a su casa ese mismo día.

Sobre las razones o circunstancias que dan lugar a este tipo de acuerdos  -a priori, tan benévolos para el acusado- se podrían encontrar muchas teorías, ya que la violencia de género es una problema mayúsculo y con demasiadas aristas. Pero resulta imposible no verse sorprendido por resoluciones como esta. Máxime, cuando el apartado de hechos probados sobre el que sustenta la sentencia se hace tan dramático.

"Te voy a cortar en pedazos"

Como denunció la víctima y reconoció el propio agresor durante el juicio, durante la relación que mantuvieron durante un año y medio mostró una actitud “controladora y agresiva”. Le decía a su pareja que era “suya”, la vigilaba en sus salidas al trabajo y con las amigas… Y cuando algo no le gustaba, se lo recriminaba con “collejas y tortazos”. Eran comunes los insultos y amenazas tipo “puta, te voy a matar, no vas a vivir, te voy a cortar en pedazos”. Pero es que una vez fue a buscar a la denunciante a casa de una conocida empuñando “una barra de hierro” y otra pateó la puerta de su vivienda e incluso le pegó fuego.

Los hechos que dieron lugar a la detención de este maltratador se produjeron el 21 de enero de 2024, fecha en la que, dando muestras una vez más de un control absoluto sobre su pareja, Manuel M. D. se ‘coló’ con una identidad falsa en un directo que ella y varias amigas estaban haciendo a través de la red social TikTok. Y tras preguntar a la mujer si estaba soltera para ver si le era fiel, para sorpresa de los participantes en aquel ‘chat’, el hombre compartió varios vídeos y fotografías de índole sexual en los que aparecían tanto él como la denunciante. Por supuesto, sin permiso de esta última, a la que después asedió a llamadas.

Ella se vio obligada a apagar su teléfono, por lo que el hombre se presentó a la mañana siguiente en su casa -porque no llegaron a convivir- para pedirle explicaciones. Como recuerda la sentencia, “sin más le propinó un tortazo, luego otro, para acto seguido agarrarla fuertemente del pelo y arrastrarla unos metros hacia el interior del portal para seguir agrediéndola”. Afortunadamente, la presencia de la madre de la víctima y otras personas disuadió al acusado, que terminó marchándose a su casa, donde se atrincheró hasta la llegada de los GOES.

Una pulsera GPS y una clara advertencia

La jueza ha condenado ahora al acusado por delitos de maltrato, en varias de sus formas, amenazas, contra la intimidad o tenencia ilícita de armas. Al margen de la pena de cárcel, le impone cuatro meses de trabajos en beneficio de la comunidad y una multa de 480 euros. Le obliga también a permanecer alejado de la víctima durante algo más de seis años. Durante los primeros seis meses, habrá de portar un dispositivo GPS de localización. Y pasado este tiempo, se revisará la conveniencia o no de mantenerlo.

La magistrada recuerda al condenado que la suspensión de la pena de año y medio de cárcel tiene una vigencia de tres años, por lo que, como le deja claro, en caso de volver a delinquir o incumplir algunas de las obligaciones que se le han impuesto se le retirará la medida de gracia y volverá a prisión.

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