Teruel
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Un juez rechaza que acceder a historia de una médica ausente durante pandemia sea delito

Una médica del centro de salud de Albarracín denunció a cuatro compañeros sanitarios que, ante su ausencia continuada, accedieron a su historia clínica para comprobar si se había contagiado.

Sede del Juzgado de lo Social en el Palacio de Justicia de Teruel.
.Un juez rechaza que acceder a historia de una médica ausente durante pandemia sea delito.
Antonio Garcia/Bykofoto

El Juzgado de Instrucción número 1 de Teruel ha sobreseído la denuncia interpuesta durante la pandemia de la covid-19 por una médica del centro de salud de Albarracín contra cuatro compañeros sanitarios que, ante su ausencia continuada, accedieron a su historia clínica para comprobar si se había contagiado.

La médica denunció por un presunto delito de revelación de secretos a tres médicos y a una enfermera de su centro de salud tras conocer que a finales de 2020 accedieron a su historial médico con la finalidad de saber si padecía covid, después de comunicarles un día que notaba síntomas del virus y que se iba a su casa.

En su auto, al que ha tenido acceso EFE, el magistrado reconoce el derecho de las personas al secreto de sus datos personales, pero recuerda a renglón seguido que el acceso al historial médico de la denunciante, que no regresó a su puesto de trabajo tras marcharse, se produjo en el peor escenario de la pandemia sufrida mundialmente a causa de la covid-19.

"La memoria es débil y es fácil ahora, desde el presente, incurrir en descontextualizaciones no teniendo en consideración la situación tan extrema a la que se sometió a la sociedad y, más en concreto, al sector sanitario", subraya el instructor para descartar que el acceso a la información tuviera como finalidad perjudicar a la denunciante.

A su juicio, "en ningún caso los accesos fueron caprichosos ni tenían la finalidad de perjudicar a la denunciante, sino que tenían una justificación en el contexto de absoluta anormalidad que se estaba viviendo, ya fuera por las funciones propias de seguimiento encomendadas reglamentariamente, ya fuera para atender adecuadamente los servicios sanitarios desbordados por las circunstancias".

Durante la instrucción del caso, los cuatro sanitarios denunciados alegaron que necesitaban saber si tenían que sustituir a su compañera para reorganizar el servicio y si era necesario desinfectar o iniciar acciones de rastreo con los pacientes que había tratado.

Uno de los letrados de la defensa, Jorge Piedrafita, señala que la resolución judicial recoge el argumento esgrimido a favor de los denunciados de que en un contexto de crisis pandémica nunca existe secreto de la historia clínica.

Según este abogado, "todos los breves accesos tenían una justificación profesional y se realizaron al efecto de conocer si la médica denunciante se había contagiado a fin de poder reorganizar el servicio y desinfectar las instalaciones".

En declaraciones a EFE, Piedrafita ha destacado que la decisión judicial "pone fin al calvario de los tres médicos y una enfermera que han tenido que soportar una indebida acusación, cuando en lo peor de la pandemia cumplieron con su deber y trataron de evitar males mayores a la ciudadanía de Albarracín, especialmente vulnerable por su avanzada edad.

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