Opinión
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Director de HERALDO DE ARAGÓN

Entre interrogantes

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Entre interrogantes
Pixabay

Afecta a la defensa de la separación de poderes, a una reclamación de los papeles propios y al rechazo del cogobierno en el que no deben verse involucrados los jueces. 

La decisión fue entendida como una clara negativa a la posibilidad de que el Gobierno de Aragón hiciera descansar su estrategia de lucha contra la pandemia sobre los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) pudo tumbar en octubre directamente la petición de aplicación del pasaporte covid por el Gobierno regional, pero optó por plantear una nueva cuestión de inconstitucionalidad. Con esta postura, que no podía ser otra porque hubiera resultado incoherente adelantarse a la resolución del Constitucional, el TSJA cegaba la vía de acceso de la DGA al Tribunal Supremo –comprensivo con las urgencias expresadas por las autonomías–, aunque al tomar esta postura cercaba la verdadera cuestión que ocupa a los constitucionalistas y que no es otra que la legalidad de las medidas empleadas. Puede que resulte un debate fatuo o en exceso descontextualizado ante la gravedad de la enfermedad, pero sacrificar el modelo de libertades y garantías bajo la premisa de la urgencia solo nos aproxima a un fracaso democrático.

El debate sobre la covid no debería pasar tanto por la aplicación de una medida u otra como por dotar de la imprescindible cobertura legal a cualquier actuación

Sin ninguna ratificación judicial sobre su legalidad, tal y como expresó la Fiscalía del TSJA, el Ejecutivo aragonés ha aplicado el pasaporte covid como mejor método para frenar la pandemia. El Tribunal, que el viernes anunció las medidas cautelares sin entrar en el fondo del asunto, concedió de facto la autorización del salvoconducto, aunque terminó incurriendo en aquello mismo que había rechazado. Ante la falta de concreción del Ejecutivo, optó por fijar una limitación en el tiempo –hasta el 8 de enero–, asumiendo un papel que parece extralimitar su ámbito y que podría haber resuelto exigiendo al Gobierno la definición del periodo de aplicación. Un auto que se distancia de la postura del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que ha rechazado (de momento) el pasaporte al carecer de un límite temporal.

Durante estos meses de pandemia, ya convertida y aceptada como sindemia, se ha reprochado a los jueces su falta de criterio compartido y la ausencia de sensibilidad ante una situación que solo se comprende desde su excepcionalidad. Acusados de falta de colaboración con el poder político, a los tribunales se les ha llegado a reclamar algo tan extravagante como la adaptación de sus decisiones a la urgencia sanitaria. Sin el imprescindible respaldo legal, sin el compromiso del Parlamento para regular un recorte de las libertades una vez resuelto el choque entre derechos, se han impuesto mecanismos de control plagados de dudas constitucionales mientras se ha pretendido que los tribunales se convirtieran en simples instrumentos de ratificación de medidas adoptadas por los gobernantes.

Resuelta esta premisa deben ser los técnicos los que adopten las posibles restricciones

Desde la decisión de la aplicación del pasaporte covid, tanto en el tiempo como en los diferentes espacios, hasta la apuesta por la vacunación obligatoria y universal, se han escuchado todo tipo de sugerencias políticas sin el imprescindible soporte legal. Todo un juego de la confusión que, conviene recordar, solo ha permitido que se ignore la exigencia que debe expresar todo gobierno de ajustar a derecho cualquier medida que se adopte para frenar la enfermedad.

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