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El Supremo anula parte de las oposiciones de 2022 para estabilizar interinos

Estima de forma parcial un recurso del sindicato CGT por no reservar en la oferta de empleo un cupo de plazas para personas con discapacidad.

Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo
Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo.
Emilio Naranjo

Nuevo revés para el Gobierno a cuenta, una vez más, de los interinos. El Tribunal Supremo vuelve a anular parcialmente un concurso convocado por el Ejecutivo para estabilizar interinos en la Administración General del Estado, algo que ya sucedió también el pasado mes de febrero. Y lo hace por el mismo motivo: por no reservar un cupo de plazas para las personas con discapacidad, cuando la ley marca que un 7% de las ofertas de empleo públicas se guarden para este colectivo vulnerable.

Así, el Alto Tribunal ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la Federación Estatal de Trabajadores de las Administraciones Públicas de CGT (Fetap-CGT) contra el decreto por el que aprueba la oferta para la estabilización del empleo público en la Administración General del Estado, correspondiente a la Ley de 2021 de medidas urgentes para reducir la temporalidad, según informó este jueves el sindicato en un comunicado.

El Supremo, aunque rechaza por "imprecisa" y "confusa" la mayor parte de la demanda presentada por el sindicato, que también pedía anular toda la oferta de empleo público para el año 2022, declara solo la nulidad de una parte del real decreto de estabilización de interinos por no haber reservado el cupo que prevé la ley para personas con discapacidad en la convocatoria para personal funcionario, tal y como hizo para el personal laboral. Por el contrario, desestima el recurso en todo lo demás, según la sentencia, con fecha 16 de julio, a la que ha tenido acceso este periódico.

Más concretamente, el Supremo estima que dicho real decreto es "ilegal por omisión", al no extender en el sistema de selección por concurso ninguna reserva de plazas para discapacitados.

El ministerio dirigido por José Luis Escrivá considera que se trata de una sentencia continuista con otros pronunciamientos anteriores y está estudiando ya cómo ejecutar esta sentencia.

Escrivá, el "principal culpable"

El sindicato había apelado también por la falta de aplicación de la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada, que "sigue sin estar transpuesta en el sector público", quedando las administraciones públicas excluidas en cuando las consecuencias del incumplimiento de los límites temporales el trabajador temporal público. Del mismo modo, el sindicato apeló por las plazas ocupadas por personas en abuso de temporalidad y el incumplimiento del cupo de discapacidad en los puestos de la Administración, algo que el Supremo no ha aceptado.

Sin embargo, Fetap-CGT lamentó que el Tribunal Supremo no acepte las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), aunque señaló que la realidad de la Administración "ya no se puede ocultar".

Asimismo, el sindicato acusó al Ministerio para la Transformación Pública y de Función Pública y a su dirigente, el ministro Escrivá, de ser el "principal culpable", aunque precisó que Escrivá tiene "una nueva oportunidad para cumplir" mediante el anteproyecto de ley de Función Pública, que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 16 de julio de 2024.

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