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El juez Peinado tomará declaración en el hospital al empresario Barrabés como testigo

El empresario oscense, adjudicatario de varios contratos investigados en la causa, se encuentra ingresado en el Hospital 12 de Octubre de Madrid. 

Carlos Barrabés, en 2014.
Carlos Barrabés, en 2014.
Javier Blasco

Al final de la providencia emitida este jueves en relación a la investigación sobre Begoña Gómez,  esposa del presidente Pedro Sánchez, el juez Juan Carlos Peinado acuerda tomar declaración como testigo a  Juan Carlos Barrabés en el hospital. El empresario oscense, adjudicatario de varios contratos investigados en la causa y cuya empresa fue recomendada en varias cartas por Begoña Gómez, se encuentra ingresado en el Hospital 12 de Octubre de Madrid debido a la situación médica que presenta.

El juez, que investiga a Begoña Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, adopta esta decisión tras escuchar al perito que le examinó, y se dirige a este hospital para que informe de qué día comprendido entre el 17 y el 23 de junio se puede practicar dicha diligencia. 

En su nueva providencia de este jueves, el juez Peinado afirma que no hay "precepto alguno" de la Constitución o de la ley que "impida continuar el impulso de cualquier instrucción en curso", después de que esta semana se conociese su decisión, adoptada en plena campaña electoral, de citar el 5 de julio a Begoña Gómez.

El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid hace esta reflexión en una providencia dictada este jueves, dos días después de acordar la citación como investigada de la mujer del presidente del Gobierno, y también la de varios testigos, en su caso el domingo 16 de junio.

Una decisión que fue objeto de polémica por adoptarse en medio de la campaña electoral para las elecciones europeas de este domingo y que desde el Gobierno se vio con "extrañeza" por "la casualidad" de haber conocido esta información "precisamente esta semana".

En su providencia, a la que ha tenido acceso EFE, el magistrado señala que "no conoce precepto alguno ni de la Constitución ni de la Ley Orgánica del Poder Judicial ni de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ni de la Ley Orgánica de régimen electoral general ni de ninguna otra ley que impida continuar el impulso de cualquier instrucción en curso".

Y deja claro que "la costumbre, como fuente supletoria de derecho, en el sentido de manifestación del sentir popular expresada mediante la reiteración de ámbitos", se aplica en el ordenamiento jurídico "en caso de ausencia de ley".

El magistrado añade también que la junta electoral no ha comunicado que ninguna de las personas citadas haya sido proclamado en el proceso electoral vigente. 

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