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¿Investigada? ¿acusada? Cuál es la situación judicial de Begoña Gómez

El juez Peinado le atribuye la "condición procesal" de investigada a la esposa de Pedro Sánchez, incluso dio traslado al abogado defensor, pero los penalistas consideran que formalmente no está acusada.

GRAF3475 MADRID,8/8/2018.- Fotografía de archivo, tomada el 4/7/2018, de la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez. El Instituto de Empresa (IE) ha anunciado hoy la puesta en marcha de su IE Africa Center, para impulsar la innovación, el liderazgo, el emprendimiento y los proyectos de acción social en el continente africano, que dirigirá Begoña Gómez. Según informa el IE University a través de una nota de prensa, Gómez cuenta con más de 20 años de experiencia en consultoría y docencia y ha sido directora de Consultoría del Grupo Inmark.Desde 2015 es codirectora del Máster en Fundraising Público y Privado para Organizaciones sin Ánimo de Lucro en el Centro Superior de Estudios de Gestión de la Universidad Complutense de Madrid. EFE/Luca Puiergiovanni El Instituto de Empresa ficha a la mujer de Sánchez para dirigir nuevo centro [Original: 20180808-636693360286127262.jpg] //EFE// Autor: EFE AGENCIA Fecha: 07/07/2018 Propietario: EFE AGENCIA Id: 2018-2599742 [[[HA ARCHIVO]]]
Fotografía de archivo de la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez.

El levantamiento del secreto del sumario de las diligencias abiertas por el juez de Madrid Juan Carlos Peinado contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, ha provocado la primera polémica sobre la condición procesal de la consultora: ¿Está formalmente investigada en el sumario o se puede catalogar en este momento únicamente como denunciada?

El interrogante se produce porque en varias resoluciones dictadas por el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid se considera a Begoña Gómez como "investigada". Se hace tanto en la presentación de varios escritos como en algún pasaje de los mismos. Sin embargo, el mismo auto por el que el juez Peinado acordó incoar diligencias contra Gómez, fechado a 16 de abril, se anuncia de forma específica que, pese a que no acuerda su declaración como investigada, "le atribuye dicha condición procesal", al mismo tiempo que le da traslado de la citada resolución judicial.

"Si lo estima conveniente -expone el magistrado- designe procurador y abogado que la represente" en las declaraciones de los directores de los medios de comunicación que publicaron las informaciones sobre las actividades de consultoría de la esposa del presidente del Gobierno. Y por eso, en la parte dispositiva del auto, al que ha tenido acceso este periódico, el magistrado "dirige la investigación contra Begoña Gómez, como posible partícipe en los hechos investigados, que pudieran ser constitutivos de un delito de tráfico de influencias y de un delito de corrupción en los negocios", indicó.

No obstante, en términos estrictos, según señalan expertos penalistas consultados, para considerarle formalmente como "investigada", según el principio acusatorio, el juez aún no ha dado el paso clave: dictar un auto motivado donde fije su comparecencia en el juzgado (día y hora) y mencione los hechos o indicios delictivos que dispone para interrogar a la denunciada. Esta resolución, básica para cumplir con el citado principio acusatorio de cualquier procedimiento penal, no ha llegado de momento.

La carta de Sánchez, el mismo día

La figura de investigada viene regulada en el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dice expresamente que toda persona a quien se atribuya un hecho punible podrá ejercitar el derecho de defensa, interviniendo en las actuaciones, desde que se le comunique su existencia, algo que en el caso de Begoña Gómez ocurrió con el dictado de esta resolución concreta.

Además, el día 24 de abril el juzgado notificó la condición procesal de la consultora a su abogado, que cuenta con la representación ejercida por el exministro socialista del Interior Antonio Camacho. Precisamente, ese fue el día en el que, por la tarde, Sánchez difundió su carta a la ciudadanía en la que anunciaba que se recluía cinco días para reflexionar si le merecía la pena continuar en la Moncloa por el acoso que denunciaba contra él y su familia.

También regula este artículo procesal el derecho a la persona a la que se atribuye indiciariamente un delito "a ser informada de los hechos que se le atribuyan", así como de cualquier cambio relevante en el objeto de la investigación y de los hechos imputados, un aspecto que según alguno de los penalistas consultados no parece que se ha cumplido hasta este momento. Es más, la ley obliga a que dicha información sea "facilitada con el grado de detalle suficiente para permitir el ejercicio efectivo del derecho de defensa".

A la espera de que el juez Peinado tome una decisión sobre la citación en el juzgado de Gómez, los expertos coinciden que señalar que el magistrado camina ya por la delgada línea de la "pesquisa general" o "investigación prospectiva". Es decir, con la Fiscalía pidiendo el archivo de forma reiterada y la unidad investigadora (UCO de la Guardia Civil) presentando un informe en el que no ve indicios delictivos, Peinado mantiene la citación de testigos (empresarios que tuvieron contactos profesionales con la consultora) sin haber tomado aún la decisión de interrogar a la esposa de Sánchez y motivar los indicios recopilados.

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