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El Constitucional analizará si la ley de interinos vulnera la igualdad de acceso a una plaza

Admite a trámite una duda planteada por el TSJ de Castilla-La Mancha por atentar también contra las potestades de las comunidades autónomas.

Foto de archivo de una manifestación de un grupo de interinos en Zaragoza. 
Francisco Jiménez

El proceso de estabilización de interinos que puso en marcha el Gobierno sigue en el ojo del huracán. La controvertida ley aprobada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez en 2021 con el objetivo de atajar la excesiva temporalidad en la Administración Pública -tras el tirón de orejas de Europa- será analizado por el Tribunal Constitucional, que este miércoles admitió a trámite una cuestión de inconstitucionalidad presentado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre dos disposiciones adicionales de la norma, según informó el tribunal.

Con el objetivo de reducir al 8% la temporalidad pública, que se eleva al entorno del 30%, el Gobierno aprobó un real decreto de medidas urgentes que incluyó, entre otras medidas, la convocatoria de 300.000 plazas estructurales ocupadas por interinos. La polémica estalló porque se daba la posibilidad de que los interinos de las administraciones públicas que llevaran más de diez años ocupando una plaza estructural que nunca hubiera sido convocada podrían adjudicársela sin necesidad de aprobar una oposición, sino únicamente por una valoración de méritos. Y esto es lo que revisará el Constitucional una vez que el TSJ manchego considera que "valorarse principalmente la experiencia en el cuerpo o escala de que se trate, esto es, dando primacía absoluta a la experiencia como funcionario interino, podría resultar contrario al derecho de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad".

Competencia autonómica

Los magistrados de Castilla-La Mancha acudieron también al Constitucional al entender también que la ley de interinos sería "contraria" al orden constitucional de distribución de competencias, ya que a su juicio excede el carácter de base del régimen estatutario de los funcionarios públicos y vulnera las potestades de autoorganización de las comunidades autónomas.

En este sentido, denuncia que imponen a todas las administraciones públicas la utilización del sistema de concurso y obligan a realizar los procesos selectivos en un determinado periodo, sustituyendo así a las comunidades autónomas en la toma de una decisión que es típicamente autoorganizativa y, por tanto, de competencia autonómica, según se sostiene en el auto de planteamiento de la cuestión.

También pone en cuestión que se acuda al procedimiento de regularización por una sola vez.