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¿Cómo nos ampara la ley en caso de okupación de nuestra vivienda?

El recrudecimiento de esta práctica ha despertado la curiosidad sobre el modo en que la ley protege los derechos de los propietarios de un inmueble ‘okupado’.

Okupación en Zaragoza

La usurpación de una propiedad ajena constituye un delito en España según el artículo 245 del Código Penal. "El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses". Sin embargo, las cosas no son tan sencillas en la práctica. Aunque la rabia e indignación del propietario de un inmueble al encontrarlo ocupado es lógica, debe medir sus pasos para no acabar dando pie a la victoria de quienes han usurpado su propiedad.

Diferencias entre allanamiento de morada y usurpación

El allanamiento es ocupar la vivienda actual y habitual de otra persona física o jurídica, y la justicia resuelve con celeridad; quedarse en una casa vacía es una usurpación, y solventar este asunto es más lento y complejo. Si la Policía actúa en las primeras 48 horas de la ‘okupación’, el desalojo no precisa de orden judicial. Si pasa más tiempo y los ‘okupantes’ cambian la cerradura, por ejemplo, el domicilio pasa a ser inviolable para sus nuevos usuarios, y solo se puede actuar contra ellos bajo una orden judicial. Por si fuera poco, cualquier intento de desalojo por la fuerza que pueda ejercer el propietario legítimo (corte de suministros, nuevo cambio de cerradura) podría suponer para el propietario una denuncia por allanamiento de morada o coacción.

Tipos de demandas ante una okupación de la vivienda

Lo más efectivo es presentar una demanda civil de desahucio, o penal, si ha habido violencia o destrozos de la propiedad. Se pide la recuperación inmediata de la vivienda, aunque no se hayan identificado a los ocupantes, que tienen a su vez un plazo de cinco días para justificar la posesión de la vivienda; de no hacerlo, como lógicamente ocurre, el tribunal ordenará la entrega inmediata del inmueble al demandante.

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