Nacional

Reglas de la nueva normalidad: mascarilla obligatoria y distancia de seguridad de 1,5 metros

Tal y como recoge el decreto de la nueva normalidad aprobado este jueves en el Congreso.

Madrid, 25 jun. (COLPISA, M. A. Alfonso).
Zaragozanos con mascarilla por la calle
Oliver Duch

La mascarilla seguirá siendo un elemento habitual al salir de casa ya que su uso será obligatorio siempre que no se pueda mantener la distancia de seguridad. El incumplimiento de esta medida será sancionado con multas de hasta 100 euros y corresponderá a las comunidades autónomas y ayuntamientos las funciones de vigilancia, inspección y control, tal y como recoge el decreto de la nueva normalidad aprobado este jueves en el Congreso.

Esta distancia, además, se fija en 1,5 metros en vez de los dos metros que al principio había propuesto el Gobierno. Fue una concesión a Ciudadanos para conseguir su apoyo en el Congreso, ya que los naranjas también buscaban aumentar el aforo de los locales comerciales y de hostelería relajando esta restricción.

1. Declaración urgente

El decreto también considera a la covid-19 como enfermedad de declaración obligatoria urgente, es decir, que los médicos estarán obligados a notificar a las autoridades sanitarias cuando diagnostiquen a un paciente con síntomas compatibles. Se une así a otras como el cólera, la difteria, el dengue o el botulismo.

Pruebas a todos los sospechosos

En esta fase de nueva normalidad, y mientras se desarrolle la vacuna, las autoridades sanitarias pondrá el foco especialmente en controlar los rebrotes de manera precoz. Los servicios de salud garantizarán a su vez que en todos los niveles de la asistencia, y de forma especial en la atención primaria, se le realizará a todo caso sospechoso una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas, y que toda la información se transmita en tiempo y forma.

Identificación de los contactos

Para ello se exigirá a los establecimientos, medios de transporte o cualquier centro o entidad pública o privada, que faciliten la información necesaria, como datos personales, para identificar a aquellas personas potencialmente afectadas por un contagio. Con ello se facilitará la trazabilidad de los contactos de un infectado.

Turnos de trabajo

El decreto contempla asimismo la adopción de medidas de prevención e higiene en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones, así como en los establecimientos comerciales, en los centros residenciales de carácter social o en las actividades de hostelería.

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