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La JEC rechaza por unanimidad el acatamiento de Puigdemont desde Bélgica

La Junta informará al Parlamento europeo de que Antoni Comín, Carles Puigdemont y Oriol Junqueras no tienen la credencial y por lo tanto no pueden ser eurodiputados. 

Former Catalan President Carles Puigdemont talks to the media during European Parliament Elections, outside EU Parliament, in Brussels, Belgium May 26, 2019. REUTERS/Yves Herman [[[REUTERS VOCENTO]]] EU-ELECTION/BELGIUM
Carles Puigdemont, el pasado 26 de mayo, ante la sede del Parlamento Europeo.
Yves Herman/Reuters

La Junta Electoral Central ha rechazado por unanimidad la petición del abogado de Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, para que dé por válida una fórmula de acatamiento efectuada ante una autoridad notarial de Bélgica que permita al expresidente catalán ir al Parlamento de la UE.

Fuentes de la Junta han informado a Efe sobre esta decisión adoptada por unanimidad, por lo que este mismo jueves la JEC comunicará al Parlamento europeo la lista de eurodiputados electos que ya cuentan con la credencial correspondiente para que puedan asistir y adquirir la condición plena en la sesión constitutiva del 2 de julio en Bruselas.

Asimismo, la Junta informará al Parlamento europeo que tres de los eurodiputados electos en los comicios del 26 de mayo no tienen la credencial, y son Antoni Comín y Carles Puigdemont, ambos fugados de la Justicia española, y Oriol Junqueras, en prisión preventiva por estar acusado de un posible delito de rebelión, entre otros, con motivo del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

Ninguno de los tres ha acatado la Constitución de modo "incondicionado" ni presencialmente, como exige la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y distintas resoluciones y acuerdos de la Junta.

Por todo ello, la JEC informará al Parlamento europeo que de acuerdo con la legislación "interna", ni Puigdemont ni Comín ni Junqueras pueden ser eurodiputados de momento, han recalcado las fuentes consultadas.

50 electos acataron la Constitución el lunes pasado y la JEC avaló las fórmulas que emplearon para ello, incluida la de la representante de ERC Diana Riba, que mencionó a los "presos políticos". En la reunión posterior de la Junta, aunque hubo dudas y posicionamientos en contra, la mayoría de los integrantes la avaló.

Ese mismo día se les dio la credencial, y este jueves la ha recibido el ministro de Asuntos Exteriores en funciones, Josep Borrell, puesto que no pudo acudir a la sesión del lunes por encontrarse en viaje oficial.

A puerta cerrada, el número uno de la lista del PSOE en las elecciones europeas ha prometido el cargo y acatado la Constitución este jueves.

Fue el lunes cuando Boye acudió al Congreso e intentó entregar a la Junta un escrito en el que tanto Puigdemont como Comín hacían constar ante una autoridad notarial belga que acataban la Constitución, según explicó el propio letrado.

No pudo entregar la documentación en mano, y de hecho, tuvo que abandonar la sala en la que se celebraron los acatamientos. Se le pidió que fuera al registro de la Junta, lo que hizo.

En respuesta a este escrito, tal y como consta en el acuerdo que ha adoptado este jueves, la JEC señala que el auto reciente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por el que mantiene las órdenes de búsqueda y detención a Puigdemont y Comín no prohíbe ni impide que "puedan prestar juramento o promesa de acatamiento de la Constitución ante la Junta Electoral Central".

En este sentido, recuerda que "la circunstancia de que un candidato se encuentre voluntariamente fuera del territorio nacional para eludir la acción de la Justicia no constituye causa justificada para proporcionarle un trato distinto del dado al resto de candidatos", que sí han tenido que asistir.

Boye, por otra parte, reclama la adopción de fórmulas distintas a las presenciales para que el eurodiputado electo reciba la credencial y pueda consecuentemente tener el acta, pero la Junta Electoral se niega.

Apela al artículo 224.2 de la LOREG para subrayar que el acatamiento ha de hacerse "personalmente" debido a que se trata de un acto de "naturaleza personalísima", y por extensión, "indelegable".

Por tanto, concluye, "no puede llevarse a efecto mediante cualquier mecanismo que pretenda elegir el propio interesado al margen de las previsiones legales".

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