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Consejos para comprar la Lotería de Navidad

La Confederación de Consumidores y Usuarios ha elaborado una lista con una serie de consejos a tener en cuenta para hacerte con tu boleto y poder cobrar el premio sin problemas.

Imagen de archivo.
Uno de los bombos del Sorteo Extraordinario de Navidad
Zipi/EFE

La Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) ha elaborado una lista con una serie de consejos a tener en cuenta a la hora de hacerte con tu boleto de la Lotería de Navidad -o de cualquier otro sorteo- y para que, si tienes la suerte, puedas cobrar tu premio sin problemas.

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Una de las cosas más importantes que siempre hay que tener presente es que un décimo de lotería es un documento de cobro al potador, es decir, que cualquiera que tenga en su posesión uno de los premiados podrá cobrar el importe sin tener que acreditar su propiedad. Por eso, la organización hace hincapié en la importancia de guardar los décimos a buen recaudo para evitar que puedan caer en manos ajenas, se pierdan o se estropeen.

Asimismo, recuerda que el plazo para reclamar el cobro de los premios es de tres meses.

Si el importe ganado es inferior a mil euros entra dentro de la categoría de premios Menores por lo que podrá cobrarse en cualquier punto de venta. Por otro lado, si el importe oscila entre los mil y los cinco mil euros se considerará como premio Intermedio y, además de en los puntos de venta, podrá obtenerse también en las entidades bancarias designadas por LAE o en sus Delegaciones Comerciales. Además, no podrá cobrarse en efectivo cualquier importe que supere los 2.500 euros.

¿Qué hacer si comparto lotería?

Nunca se sabe qué puede pasar por la cabeza de alguien cuando de repente tiene miles de euros en su bolsillo; por eso, es importante dejar constancia documental de las personas que participan de un décimo y en qué porcentaje, y de quién es el depositario del mismo.

Esto, explica la CECU, también es importante a efectos fiscales ya que la Agencia Tributaria, a la hora de repartir el premio, puede entender que se trata de una donación y reclamar el pago del impuesto de donaciones. Por eso es muy importante acreditar de antemano que se es participante del mismo y que no existe tal donación, sino que se trata de un reparto.

Esta acreditación se puede llevar a cabo a través de cualquier medio válido en derecho: fotografías, documento notarial, documento privado, medios digitales, etc. Una forma sencilla y económica, teniendo en cuenta que es habitual compartir varios décimos con varias personas, es hacer fotocopias del número en las que se deberán indicar todos los datos anteriormente citados y que deberán ir firmadas por todos los participantes.

¿Cuánto se queda Hacienda?

Una cuestión que siempre preocupa a aquellos agraciados por la suerte de la lotería es cuál será la cantidad real de dinero que acabará engordando sus cuentas bancarias. La retención de Hacienda es del 20% del premio a partir de los primeros 2.500 euros. Es decir, si tocan 100.000 euros, la tributación sería sobre los 97.500 euros restantes.

Cuando se recibe el premio por parte de Loterías y Apuestas del Estado, ya lo entregan con la retención hecha. Si el premio es compartido, la exención de los primeros 2.500 euros se repartirá entre cada premiado en función de su participación. El cobrador deberá acreditar la titularidad del resto de participantes, a los que se les retendrá en función de su participación, debiendo recibir la proporción del premio que les corresponda de la parte neta.

En los sucesivos años no se tributará por el importe del premio, pero sí por los rendimientos que este nos genere, por ejemplo, los intereses de un depósito.

¿Qué pasa si pierdo o me roban el número?

En el caso de extraviar un décimo o de que este sea robado, lo primero que se debe hacer es acudir inmediatamente a la Policía, Guardia Civil o Juzgado para interponer una denuncia, aportando toda la documentación que contenga indicios sobre la existencia y titularidad del boleto de lotería. Después, hay que notificar el hecho a Loterías y Apuestas del Estado.

El Tribunal Supremo, en su Sentencia de 2 de diciembre de 1987, admite que "...cuando aparece totalmente acreditada la adquisición del décimo premiado, su extravío y el que nadie haya percibido el importe del premio a aquél correspondiente dentro del plazo señalado para ello...", se procede al pago del premio incluso si no se da una presentación física del billete agraciado.

De hecho, en una ocasión, la Audiencia Provincial de Lugo obligó a una vecina a devolver un premio de lotería al haber acreditado la legítima dueña que era de su propiedad.

¿Qué pasa si se rompe o deteriora el décimo?

Si el décimo se ha roto o deteriorado, no intentes repararlo. Tal y como se encuentre preséntalo en Loterías y Apuestas del Estado para que sea sometido al reconocimiento oficial. LAE intentará autenticarlo y, si no es posible, lo remitirá a la Fábrica de Moneda y Timbre, donde se fabrican los números, para que verifiquen su veracidad y, en su caso, autoricen el pago.

Si fuese denegado el pago, en el plazo de un mes el portador podrá reclamar ante la Dirección General de Ordenación del Juego y, en su caso, acudir a los tribunales de justicia.

La Audiencia Nacional que LAE debía abonar un premio de 96.000 a una persona que había roto de forma involuntaria un décimo premiado tras haber acreditado que, efectivamente, era válido.

¿Y en cuanto a la compra de lotería en Internet?

Hay que ser cauteloso con la compra de décimos de lotería en Internet. Como siempre, se debe verificar la seguridad de la web, comprobando que la dirección comienza por htpps://-, y la identidad del vendedor (datos, dirección postal y forma de contacto).

Existen varias formas de adquirir décimos de lotería a través de Internet:

1. A través de la página web de Loterías y Apuestas del Estado. En esta web se adquiere el número y LAE remite un resguardo de la compra, no se adquiere el décimo físico. Es el sistema más seguro puesto que queda registrado directamente en la web de LAE a nombre del comprador.

2. Comprarlo a una Administración de Loterías determinada a través de su página web. En este caso sí se adquiere el décimo físico.

3. Adquirir el décimo a través de una web que actúa como intermediario y que permite comprar décimos en cualquier Administración de Loterías de España, o de las administraciones con las que colaboran. En este caso también se adquiere el décimo de manera física.

A la hora de adquirir un décimo de lotería es necesario, según recuerda la CECU, comprobar que tenga el sello de la administración en la parte trasera. Además, en la parte delantera deben estar presentes el código de identificación y todos los datos del número, serie y fracción y precio correspondientes.

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