Economía
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Estas son las únicas comunidades autónomas que reconocen la herencia a parejas de hecho

Fuera de estas comunidades, si el fallecido tiene padres o hijos, la pareja de hecho puede recibir, si ha hecho testamento, como máximo un tercio de sus bienes. 

Imagen recurso de un notario.
Imagen recurso de un notario.
AndreyPopov, vía:canva.com

La figura de la pareja de hecho ha adquirido una importancia significativa en España en las últimas décadas. Y es que, mucha gente escoge esta opción antes que el matrimonio y ya no es una alternativa minoritaria como antes, es más, ha aumentado un 249,5% en España. Este tipo de unión civil ofrece a las parejas, tanto heterosexuales como homosexuales, una alternativa al matrimonio, otorgando ciertos derechos y obligaciones. Sin embargo, los derechos específicos, especialmente en materia de herencia, varían considerablemente entre las diferentes comunidades autónomas del país.

Una pareja de hecho se define como la unión de dos personas que viven juntas de forma estable y pública, sin contraer matrimonio. Para ser reconocida legalmente, la pareja debe inscribirse en el registro de parejas de hecho de su comunidad autónoma o municipio. Este registro formaliza la relación y otorga ciertos derechos y deberes similares a los del matrimonio, aunque no todos los beneficios son equivalentes.

Los derechos y beneficios de las parejas de hecho pueden incluir:

  • Beneficios fiscales: algunas comunidades autónomas permiten que las parejas de hecho disfruten de deducciones fiscales similares a las de los matrimonios.
  • Derechos laborales: acceso a licencias y permisos laborales por razones de enfermedad o fallecimiento de la pareja.
  • Beneficios de seguridad social: posibilidad de recibir pensiones de viudedad en ciertas condiciones.
  • Derechos de residencia y extranjería: reconocimiento en trámites de residencia y permisos de trabajo.

Herencias y pareja de hecho 

No obstante, la cuestión donde hay más diferencias con el matrimonio es con la herencia, ya que en España solo cuatro comunidades autónomas reconocen el derecho de herencia de la pareja de hecho cuando uno de los dos muere

Estas comunidades son Cataluña, Galicia, Islas Baleares y el País Vasco. Por lo tanto, en el resto de comunidades de España, incluida Aragón, si el fallecido no ha hecho testamento, los herederos serán los que establece el Derecho Civil Común, es decir, sus familiares directos como los padres, hermanos o, incluso, primos, antes que la pareja de hecho. 

Fuera de Galicia, Cataluña, País Vasco o Islas Baleares existe una única opción para que la pareja de hecho tenga derecho a heredar, pero solo podrá conseguir el tercio de libre disposición de la herencia si el fallecido tiene lo que se llama 'herederos forzosos', es decir, padres o hijos. Para que su pareja de hecho herede ese tercio de sus bienes, tiene que haber realizado un testamento ante notario donde ponga que le deja ese tercio a su pareja. 

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