Economía

Renta 2022-2023: este es el mínimo que debes cobrar para presentar la declaración

Para tener en cuenta la obligatoriedad o no de hacer la declaración es clave atender a los sueldos y salarios, además de otras prestaciones como las de desempleo y las pensiones.

Declaración de la Renta.
HA

En los próximos meses, de 11 de abril al 30 de junio más concretamente, quienes residen de manera habitual en España tendrán que presentar sus cuentas ante Hacienda. Conforme se va aproximando la fecha son muchas las dudas que genera este trámite y aún más desde los últimos cambios introducidos por el Gobierno de España. Una de estas grandes preguntas es cuál es el mínimo de ingresos para hacer la declaración de la Renta.

En este sentido, la Agencia Tributaria establece como norma general para este 2023 que no tendrán la obligación de presentar la declaración quienes hayan obtenido menos de 22.000 euros brutos de ingresos durante 2022, siempre y cuando estos vengan de un único pagador. Aquellas personas que sobrepasen esta cuantía tendrán la obligación de tributar ante Hacienda.

Declaración de la Renta cuando hay más de un pagador

Además, las personas cuyos rendimientos del trabajo sean superiores a 14.000 euros y procedan de más de un pagador también tendrán que presentar la declaración, siempre y cuando la suma de las cantidades del segundo y restantes pagadores supere los 1.500 euros anuales. Si no supera esta cantidad, tampoco estarán obligados.

Estas cuantías mínimas que obligan a presentar la declaración afectarán a trabajadores que perciban un salario, pensiones de jubilación, prestaciones por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que afectarán incluso si se estuvo en ERTE, pensiones compensatorias o bajas médicas.

También será obligatorio presentar la declaración si un contribuyente percibe únicamente rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas que no superen el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Cambios en el IRPF y quién está exento de hacer la renta

Cabe destacar que el Gobierno ha introducido este 2023 varios cambios reflejados en artículo 96,3 de la Ley 35/2006, acerca del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Estos modifican el límite cuando se tiene dos pagadores, pasando de los 14.000 euros a los 15.000 euros. Una norma que aunque ya está aprobada, será de aplicación para la próxima declaración de la Renta 2023 y que se llevará a cabo en 2024.

En cuanto a las personas que quedan exentas de hacer la declaración, desde Hacienda aluden a quienes con ingresos, independientemente del carácter que sean, no superan los 1.000 euros brutos anuales, así como quien haya tenido pérdidas patrimoniales menores a 500 euros.