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Las tensiones entre la Liga Asobal y la Federación de balonmano se recrudecen

Los clubes instan a la Rfebm a que no imponga un canon de inscripción, lo que sería ilegal al no haber un convenio de coordinación.

Dija, Carmona, Gucek, Tercariol, Danilo y Mosquera han recibido el homenaje del club en el partido con el Torrelavega.
Aficionados del Bada Huesca en un partido en el Palacio de los Deportes.
Verónica Lacasa

Las tensas relaciones entre los clubes que conforman la Liga Asobal y la Federación Española de Balonmano (Rfebm) viven en este comienzo de verano un nuevo capítulo. La asociación, que funciona desde 2023 como competición profesional, ha instado a la Rfebm a que cese de “intentar imponer un canon de inscripción” a sus clubes para la próxima temporada, una acción que considera “ilegal” por la falta de un convenio de coordinación entre ambos organismos.

Los choques entre los dos organismos son frecuentes. Hace poco más de un año, el objeto de la discordia fue la Copa Asobal, bloqueada por la Federación a juicio de los clubes con el ánimo de asfixiarles “económica y publicitariamente”. La falta de sintonía ha sido manifiesta en los últimos tiempos y el Consejo Superior de Deportes ha tratado de mediar en cuestiones como el nuevo convenio o los derechos televisivos.

En un comunicado, la Asobal invita a la Federación a pronunciarse sobre la propuesta de calendario de la liga profesional y a que cese “su ejercicio de intentar imponer un canon de inscripción a sus clubes para la próxima edición de la Liga sin sustento jurídico ni aprobado en asamblea ni por ningún órgano.

La asociación que presidente Servando Revuelta y a la que pertenece el Club Balonmano Huesca remarcó que ante la “inexistencia” del convenio de coordinación entre los dos organismos, “toda actuación de marcar calendarios o fijar cánones de inscripción unilateralmente” por parte de la Rfebm, “como ha sucedido”, se considera “ilegal”.

Por ello, la Liga Asobal ha puesto en marcha “todos los procedimientos administrativos con el objetivo que la Federación admita o rechace la propuesta de calendario de la liga profesional”. “En caso de rechazarse, continúa el texto, la Liga Asobal deberá elaborar una nueva propuesta para su aprobación o rechazo motivado en el plazo de cinco días”, puntualizó.

En caso de no aceptarse ninguno de los dos calendarios, la ley establece que será el Consejo Superior de Deportes el que deba dictaminar una resolución administrativa sobre el calendario y todas las cuestiones derivadas de un posible convenio.

La Asobal recuerda que el ente que preside Francisco V. Blázquez, “no tiene facultad para aprobar por medio de sus órganos el calendario de la Liga Asobal al ser esta una liga profesional”, y que “intentar imponer una propuesta de forma unilateral sería una resolución de naturaleza administrativa manifiestamente injusta a sabiendas, situación acentuada ante la solicitud de cánones o prestaciones al margen del convenio de coordinación”.

La asociación de clubes se reserva la posibilidad de iniciar “todas las acciones judiciales oportunas para reclamar las posibles nulidades del procedimiento administrativo” llevado a cabo por la Federación, así como “todas aquellas acciones que pudieran derivarse de resoluciones administrativas manifiestamente injustas a sabiendas, dado que hasta la fecha esta forma de proceder del órgano federativo es una tónica habitual”.

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