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90.000 euros por descender

El club Sala 10 ha sido condenado a pagar esta cantidad al jugador internacional Cobeta como indemnización tras bajar de categoría.

90.000 euros por descender
HERALDO

Cobrar por descender. Tremenda paradoja. El jugador internacional español Miguel Ángel Cobeta recibirá 90.000 euros por haber bajado con el club zaragozano Sala 10 de la División de Honor a la División de Plata. A la cantidad, habrá que agregar los intereses de mora procesal, según el fallo dictado por el Juzgado de lo Social de Zaragoza con fecha 3 de junio de 2009. La dimensión de la paradoja crece al ser el club que descendió, es decir, el que sufrió el perjuicio deportivo, el Sala 10, la entidad condenada a abonarlos. Singular contrato, sin duda, el que vinculaba al club aragonés con Cobeta. Y gravoso para su economía, según han revelado los acontecimientos.

 

Según consta en la denuncia en el capítulo de hechos probados, Cobeta firmó un contrato profesional el 2 de enero de 2008 que lo vinculaba con el club zaragozano hasta el 30 de junio de 2011, salvo que tuviera lugar la causa de resolución prevista en la cláusula adicional primera o segunda del mismo. Estas cláusulas rezaban: "Si al finalizar la temporada 2007-08 el equipo descendiera de categoría, quedará resuelto el presente contrato con fecha 30 de junio de 2008, y el club Sala 10 estará obligado, además, a abonar al jugador la cantidad de 60.000 euros, y la pertinente carta de libertad sin ningún coste para el jugador. Además, en este supuesto de que el club descienda, si en el contrato que el jugador firmara con cualquier equipo durante la temporada 2008-09 éste percibiera menos de 90.000 euros anuales, el club Sala 10 se compromete a abonar al jugador la diferencia de salario que exista hasta un máximo de 30.000 euros".

 

El club Sala 10 descendió en el curso 2007-08. Posteriormente, Miguel Ángel Cobeta fichó por el Club Futsal Cartagena 93. Según consta en el contrato que lo vincula al equipo cartagenero, Cobeta percibe en su nuevo conjunto un sueldo neto anual de 60.000 euros. Es decir, el Sala 10 debe abonar la diferencia de lo que figura en la cláusula adicional primera (30.000 euros) más los 60.000 establecidos al consumarse el descenso de la División de Honor a la División de Plata, cantidad ésta que debió haberse satisfecho en dos pagarés de fecha 30 de septiembre de 2008 y 30 de diciembre de 2008.

Más que por jugar

Las peculiaridades del 'caso Cobeta' no se detienen aquí. Atendiendo a la sentencia, Cobeta percibirá más del doble de dinero en concepto de indemnización por el descenso de lo que que recibió por haber defendido la camiseta del entonces DKV Seguros. Cobeta cobraba 7.266 euros mensuales (6.666 en concepto de salario y 600 en concepto de vivienda). Esta cantidad le fue abonada durante los seis meses que militó en el Sala 10. Ahora, el club está condenado a satisfacer una cantidad que duplica la ficha abonada en su corta estancia en Zaragoza.

 

Afortunadamente, el club Sala 10 ha retornado hace escasas semanas a la División de Honor. Ahora intenta construir un equipo competitivo para luchar en la elite del sala nacional. La entidad aragonesa carece de patrocinador que le dé nombre a su proyecto. Sus ingresos proceden en un elevado porcentaje de las ayudas institucionales. La condena del 'caso Cobeta' supone una seria rémora en su planificación a la hora de edificar el equipo. Y una paradoja difícilmente creíble en el deporte español. Y un diáfano ejemplo de cómo no se debe acordar un contrato: el contrato por el que el internacional Cobeta cobrará 90.000 euros por descender de la División de Honor.

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