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Recurren una oposición del Ayuntamiento de Zaragoza resuelta por centésimas tras una prueba oral sin público ni grabaciones

El Consistorio defiende que al tratarse de un nivel C1 no era obligatorio y remarca la transparencia de todos estos procesos.

Ayuntamiento de Zaragoza en la plaza del Pilar.
Ayuntamiento de Zaragoza en la plaza del Pilar.
Heraldo

La oposición por turno libre para ser profesor de Teoría, Historia de las Artes Escénicas y Dramaturgia en la Escuela Municipal de Teatro del Ayuntamiento de Zaragoza podría acabar en los tribunales. En las últimas semanas se han presentado hasta tres recursos contra una prueba oral en la que no hubo ni público ni grabaciones. Desde el Ayuntamiento explican que la grabación solo se contempla en los niveles A1 y A2 -esta correspondía a un C1-, pero los aspirantes no dan su brazo a torcer y amenazan con presentar un contencioso-administrativo al considerar que se han vulnerado sus derechos. Sobre todo teniendo en cuenta que el examen terminó resolviéndose por centésimas y que ni siquiera tuvieron opción a revisarlo.

Carmen [nombre ficticio] obtuvo un 8,35 sobre 10 en la primera prueba, de tipo test, que se desarrolló el 28 de noviembre de 2023. La segunda, por orden de nota, sacó un 7,75 y el tercero, que es quien terminó consiguiendo la plaza, un 5,95. En la siguiente, un comentario de texto dramatúrgico, tampoco le fue mal, logrando un 3,50 sobre 5. Con tres cuartas partes del examen seguía estando en primer posición. La sorpresa vino con el oral.

A ella le pusieron un 2,5 sobre 5 y al ganador, un 5. Fue, de hecho, el único que pasó del 4, ya que el resto de aspirantes -en total fueron seis los que pasaron el corte- quedaron por debajo. La persona que terminó haciéndose con la plaza obtuvo una puntuación final de 14,40 mientras que Carmen se quedó con un 14,35, a tres centésimas de la segunda clasificada (14,38) y a cinco del primero. “Sin ese 5 sobre 5 en el oral, la plaza hubiera recaído en otra persona. La idoneidad del examen tuvo que ser extraordinaria para poner de acuerdo a los cinco miembros del tribunal y concederle, todos ellos, la máxima calificación posible”, denuncia.

Desde el Ayuntamiento subrayan que esta oposición, como todas las que se hacen desde el Consistorio, se desarrolló “con total y absoluta transparencia”. Las mismas fuentes remarcan que el proceso es muy garantista, y que en él caben recursos para que los opositores ejerzan los derechos de apelación como consideren oportuno. Inciden, asimismo, en que la última prueba no era un examen oral, sino que “consistía en impartir una clase de Historia de las Artes Escénicas”, y en que, en este caso concreto, el tribunal estaba “compuesto en su mayoría por profesionales de la materia”. Serán ellos los que, en los próximos días, tendrán que contestar a las quejas formuladas, que piden dejar sin efecto el nombramiento y convocar nuevamente la oposición. Si no se pronunciaran en el plazo de tres meses se entendería como silencio administrativo, siendo entonces cuando se plantearía el contencioso.

Esta no es, en todo caso, la única vía abierta. Carmen también ha recurrido al Justicia de Aragón, que ha pedido al Consistorio ampliar información en varias ocasiones. “Se nos han negado derechos tan básicos para cualquier opositor como revisar un examen”, señala.

Las personas que han presentado recurso consideran que, por analogía jurídica, “todo examen oral tendría que grabado”. El problema, dice Carmen, es que “esto era un C1, y en el Ayuntamiento nunca son orales”, afirmación que argumenta con los Criterios Generales para la Gestión de los Procesos Selectivos de la Instrucción por la que la que se establece el protocolo de actuación de los tribunales de selección elaborada por la Oficina de Recursos Humanos del Consistorio zaragozano.

Esta es su principal queja, pero no la única. También critica que el comentario de texto, centrado en la obra ‘Tío Vania’ de Chejov, no figuraba entre los once libros que componían el temario. “En las bases no aparecía la coletilla ‘relacionado no coincidente’ que suele acompañar a las reglas de los procesos si lo que se quiere es ampliar temario. Por tanto, no puede ser objeto de ninguna prueba”, concluye. Además, los aspirantes no conocieron los criterios de calificación de la prueba oral hasta minutos antes de su inicio.

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