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El expresidente de los trabajadores sociales de Aragón logra que le rebajen la pena por abusar de un joven ebrio

El Supremo confirma que la víctima iba tan borracha que no pudo dar su consentimiento, pero entiende que hay razones para reducir la condena de cuatro a dos años de prisión.

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.
Europa Press

El que fuera presidente del Colegio Profesional de Trabajadores Sociales de Aragón, Javier Escartín Sesé, ha conseguido que el Tribunal Supremo le rebaje la pena de cuatro años de prisión que le impuso la Audiencia de Zaragoza y confirmó después el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) por abusar sexualmente de un joven que iba bebido. Los hechos se produjeron en la madrugada del 5 de mayo de 2018 en la capital aragonesa. La víctima había pasado la tarde bebiendo cervezas y cubatas en los bares del Casco Histórico. Y, de regreso a casa, iba tan borracho que tuvo que recostarse en un portal próximo a la plaza de España. Allí se lo encontró el acusado, que se lo llevó a su domicilio y abusó sexualmente de él.

Durante el juicio, Javier Escartín, de 52 años, aseguró que él también estaba bebido y que la relación fue consentida. Sin embargo, dada la gran cantidad de alcohol que había consumido la víctima, próxima al coma etílico, la Audiencia Provincial consideró que fue incapaz de dar su consentimiento. Es más, los magistrados llegaron a la conclusión de que el encausado se aprovechó de esta circunstancia para conseguir su propósito.

Cuando formuló su recurso ante el Supremo, la defensa, a cargo de la letrada Lourdes Barón, cuestionó que una tasa de 0,45 gramos de alcohol por litro de sangre sea una impregnación capaz de causar un coma etílico. De hecho, esta parte ha mantenido siempre que fue una relación sexual libremente consentida entre dos personas adultas, “que a pesar de haber consumido alcohol eran plenamente conscientes para otorgar el consentimiento que dieron”. Para la defensa, tampoco el hecho de que la víctima se declare heterosexual le habría impedido acostarse con su cliente. Pese a ello, aunque revisándola a la baja, el Alto Tribunal ha considerado probados los abusos sexuales.

Es evidente que la pérdida de conciencia de la víctima no fue total, pero su capacidad de decisión y de obrar según su voluntad frente a la acción de un tercero se encontraba seriamente debilitada como consecuencia del estado de intoxicación en el que se encontraba, estando por ello impedido de cualquier capacidad de reacción frente al abuso sexual”, señalan los magistrados del Supremo para zanjar la cuestión sobre el consentimiento.

Pese a no conseguir la absolución de su cliente, la defensa sí ha logrado que se le aprecie la atenuante muy cualificada de embriaguez. Gracias a ello, la condena se ha visto reducida de cuatro a dos años de cárcel. Y ello permitirá al acusado pedir la suspensión de la pena para no tener que entrar en el centro penitenciario de Zuera. La abogada del expresidente del Colegio Profesional de Trabajadores Sociales de Aragón ya consiguió en su día rebajar la indemnización de 51.000 a 25.700 euros, cantidad que el Supremo ha mantenido ahora.