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Condenado por violar a una menor con Asperger junto al parque de La Aljafería

El hombre, de 37 años, negó cualquier relación sexual con la chica, de 17, pero la prueba de ADN demostró que mentía. Las dudas sobre si la víctima consintió parte de los hechos han rebajado la pena.

Parque de la Aljafería de Zaragoza
Imagen de archivo del parque de la Aljafería de Zaragoza
José Miguel Marco

El síndrome de Asperger impide a quienes lo padecen comprender el comportamiento de los demás, así como las consecuencias de los actos del prójimo. Ello explicaría por qué María (nombre ficticio), de 17 años y que tiene diagnosticado este trastorno, decidió marcharse de la mano a casa de un hombre al que no conocía de nada y que le doblaba la edad. Ahora, la Audiencia de Zaragoza acaba de condenar a esta persona a siete años de prisión y otros seis de libertad vigilada por la agresión sexual de la que fue víctima la menor. Y lo hace, dice el tribunal, porque si bien el acusado negó cualquier tipo de relación sexual con la chica, las pruebas de ADN demostraron lo contrario.

Los hechos que podrían llevar a Jaouad Garmal a pasar una larga temporada en el centro penitenciario de Zuera –la sentencia todavía se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón– se produjeron entrada la noche del 3 de marzo de 2018. Aquella tarde, María, que tiene reconocida una minusvalía del 56%, había discutido con sus padres. La familia se encontraba junto al parque de la Aljafería, pero la joven se enfadó y decidió marcharse.Apenas se había alejado cuando se cruzó con el encausado, quien se percató enseguida de su vulnerabilidad y limitaciones psicológicas.

Con un claro «propósito libidinoso», dice el magistrado Alfonso Ballestín, ponente de sentencia, el hombre entabló conversación con la menor y la convenció para que le diera un beso en la boca. Pero no conforme con ello, se la llevó después a su domicilio, donde se produjo la violación.

Durante el juicio, celebrado el pasado 14 de septiembre, la Fiscalía acusó a Jaouad Garmal de hasta cuatro delitos contra la libertad sexual, ya que la joven dijo inicialmente que no solo la violó, sino que le obligó a practicarle dos felaciones y le introdujo los dedos por la vagina. Por todo ello, el ministerio público solicitó una condena de diez años de prisión, una medida de alejamiento de otros diez, así como una indemnización de 8.000 euros por los daños de morales.

El tribunal de la Sección Primera considera que las pruebas de ADN y el relato fáctico de la víctima son suficientes para considerar probada la violación. La defensa se apoyó en algunas contradicciones de la menor para exigir la absolución de su cliente. Sin embargo, los magistrados entienden que esta ha mantenido siempre en esencia su versión. Y aunque reconocen que ha podido variar algún detalle, los justifican en su «afección psíquica».

En cuanto al consentimiento, ninguna duda le cabe al tribunal de que la denunciante se opuso a la penetración de la que fue objeto en el domicilio del procesado. «Él le bajó los pantalones hasta cinco veces consecutivas y ella se los volvió a subir», indica, como prueba de la negativa de la víctima. Alguna duda más albergan en cuanto a si hubo o no consentimiento en cuanto a las dos felaciones, ya que una grabación de la calle a la que tuvo acceso la Policía revela que el hombre y la chica iban de la mano después de consumarse. De ahí que la pena quede fijada en siete años.

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