Aragón
Suscríbete

sanidad

Condenan al Gobierno de Aragón a indemnizar con 110.000 € a un paciente que ha quedado discapacitado

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón considera que el plazo para ser operado y haber evitado tener secuelas era de 12 horas desde el inicio de los síntomas.

El Salud seguirá negociando con los sindicatos.
El Gobierno de Aragón deberá indemnizar a un paciente..
Laura Uranga / HERALDO

El Gobierno de Aragón ha sido condenado a indemnizar con 110.000 euros a un paciente que ha quedado discapacitado por no operarle a tiempo. En la actualidad, tiene el 56% de discapacidad y precisa muletas para caminar.

Así se desprende de la sentencia dictada por la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón el pasado 27 de junio, y tramitada por el abogado Ricardo Agóiz, de los servicios jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ en Aragón.

En ella se estima la pretensión de Alberto C. E. "al considerar que sufrió una mala praxis médica por lo que ha sido indemnizado con 110.000 euros a cargo de la aseguradora del Gobierno de Aragón".

Los hechos se remontan al 16 de febrero de 2019, cuando Alberto E. C., de 35 años, sufrió una caída, por la que tuvo que acudir al servicio de Urgencias de Zaragoza más próximo. El diagnóstico fue contusión en la espalda y, para tratarla, se le administró analgesia.

Ante la continuación y aumento del dolor, acudió al Hospital Miguel Servet de Zaragoza y se iniciaron pruebas que determinaron la necesidad de ser operado, informa el abogado Agóiz.

Posteriormente, el 1 de abril de 2019 le realizaron una operación de artrodesis de espalda en el Hospital Miguel Servet. "La mañana del día siguiente, 2 de abril, inició una crisis de dolor, con irradiación a miembros inferiores y zona genital, pero no se le efectuó una resonancia para conocer el motivo", resumen.

Por la tarde del mismo día, en torno a las 19.00, "se percató de que no tenía movilidad en miembros inferiores". "Según la anotación de enfermería ("...no mueve las piernas, hay que movérselas"). Pero, incluso constatado por el personal de enfermería que no podía mover las piernas, tampoco se le realizó una resonancia", señalan.

El 3 de abril, a las 11.00, se anotó "movilidad 0/5 bilateral", que indicaba que ambas piernas estaban completamente inmóviles. "A las 13.39, por fin, se le practicó la resonancia que acreditó la causa de la falta de movilidad: un hematoma epidural, con compresión del saco dural. Fue operado a las 18.00".

Sin embargo, aseguran desde la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ en Aragón, "el plazo para ser operado y haber evitado tener secuelas era de 12 horas desde el inicio de los síntomas". Es decir, desde la tarde del 2 de abril. Al ser operado el 3 de abril, por la tarde, "ya no se pudieron revertir todas las secuelas". "Esto implicó una pérdida de oportunidad en el tratamiento médico, pues se tardó en operarle, hasta el punto en que el margen de 12 horas se vio muy superado", añade.

Debido a estos hechos, acudió a la Asociación El Defensor del Paciente y mediante el abogado Ricardo Agóiz presentó reclamación ante el Gobierno de Aragón que fue desestimada. Por lo que se interpuso demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, sala de lo contencioso-administrativo, que ha dictado sentencia estimando las pretensiones del lesionado con una indemnización de 110.000 €.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión