Aragón

García Blasco defiende la nueva reforma laboral que pone freno a una «temporalidad abusiva»

Lo más relevante, según este experto, es el rediseño de los modelos de contrato y la desaparición del de obra y servicio. Faltan 3 meses, hasta el 31 de marzo, para que entre en vigor

Pendiente de convalidación por el Consejo de Ministros una vez reúna los apoyos necesarios y con el 31 de marzo como fecha señalada para su entrada en vigor (tres meses después de que se haya publicado en el BOE), la modificación de la reforma laboral de 2012 acordada por Gobierno, empresarios y sindicatos es «equilibrada y ponderada», según el catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Juan García Blasco. «Viene a dar respuesta a los problemas de elevada temporalidad, abusiva y fraudulenta, que tiene el mercado de trabajo en España», sostiene.

Con la nueva norma, explica, «desaparece el contrato de obra y servicio, que es el que generaba más fraude, y el de interinidad, muy polémico, que se cambia por el de sustitución», es decir, «lo que se hace es reducir los tipos de contratos para que respondan a una causa y estén limitados en el tiempo como vía para atajar la temporalidad». 

Para este experto, el cambio principal que incorpora el nuevo texto es que «los contratos se presumen indefinidos». Ahora bien, puntualiza, habrá que esperar unos meses para ver si el resultado es el esperado. «Acertado» es, a su juicio, el tratamiento que se les da a los fijos discontinuos y «la posibilidad que se abre de que las ETT puedan tener trabajadores indefinidos (fijos-discontinuos) para cederlos a las empresas usuarias». Es una vía «interesante», reconoce García Blasco, si bien, advierte, su impacto para reducir la eventualidad dependerá de cómo se plantee.

Recuperar la figura de los ERTE de fuerza mayor, como al inicio de la pandemia, para sectores especialmente castigados por la covid es «un gran avance» ya que con estos expedientes de suspensión temporal de los contratos se evitarán despidos colectivos. Eso sí, apunta, son medidas que «implican destinar recursos públicos para mantener el empleo». 

La flexibilidad, en la modificación de la reforma laboral, se mantiene «inalterable», así como la posibilidad del descuelgue salarial, puntos que consideraban esenciales los empresarios, destaca. Y también se actúa sobre la negociación colectiva, como pedían los sindicatos, al recuperar el convenio sectorial la prevalencia sobre el de empresa en tema salarial aunque no en otros aspectos como horarios laborales y turnos que dependen de cada compañía.

Asimismo, la ultraactividad, es decir, que si pasado un año no hay acuerdo a la hora de negociar un convenio, se prorroga el anterior, es otro elemento «relevante», según este experto en Derecho laboral. «Insisto en que este cambio normativo no es una ‘derogación’ sino una modificación en piezas claves de la reforma laboral de 2012 como es la contratación, al recoger nuevas figuras contractuales para tratar de atajar la temporalidad, de las más altas de Europa. El desafío ahora es ver su eficacia», indica.

Lo que no comparte García Blasco es que esta nueva reforma laboral sea un «simple lavado de cara» de la anterior. «Es la reforma que permite ahora nuestro sistema de trabajo. No habría resistido intervenciones más radicales. Ha habido cesión desde las dos partes que la han negociado, empresarios y sindicatos y es primordial», defiende este especialista de la Universidad de Zaragoza, para que cumpla sus objetivos de reducir la temporalidad que haya salido con acuerdo.

Su valoración es que esta reforma, que aún ha de ser validada en el Parlamento, ayudará a actuar en sectores como la construcción -con un alto porcentaje de temporalidad- y permitirá controlar más la subcontratación. En su opinión, recoge criterios de jurisprudencia fijados por el Tribunal Supremo, lo que allana el camino para una aplicación con buenos resultados, si bien, insiste, hay que esperar para verlo.

"Habrá que esperar hasta julio para ver los efectos que tiene"

La incógnita es si la aplicación de los nuevos contratos baja la temporalidad. Lo dice Román García Oliver, responsable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Aragón: «Las empresas van a tener que adaptar todo su esquema de contratación a las nuevas modalidades ya que deja de existir el contrato por obra o servicio que se utilizaba como ‘comodín’ para casi todo», explica. 

«Ahora todos esos contratos van a pasar a ser por circunstancias de la producción con unos requisitos estrictos en cuanto al contenido y su duración», añade. «El incumplimiento de los mismos hará que se conviertan en indefinidos», señala. Y lo mismo, pasará con contratos de más allá de 18 meses encadenados que pasarán a ser fijos. Finalmente, «la repetición en el tiempo de los periodos de actividad obligará a que todos sean fijos discontinuos, incluidos los vinculados a contratas o subcontratas». Y para actividades de temporada como labores agrícolas, que no sean fijas discontinuas, el máximo de días alternos es de 90 al año. Habrá que esperar», reconoce este experto, «al menos hasta julio para ver los efectos reales que tiene».