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movilidad

Los patinetes tendrán que acreditar garantías técnicas

También se establecen limitaciones de circulación y velocidad.

Un patinete circula por el paseo de la Independencia de Zaragoza.
Un patinete circula por el paseo de la Independencia de Zaragoza.
Francisco Jiménez

El Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de reformas legales que regulan, entre otras cosas, el uso de los vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos y los sabway.  

Así, se regulan los vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, como patinetes y sabway, cuya velocidad máxima estará comprendida entre 6 y 25 km/h. Se excluyen los vehículos para personas con movilidad reducida como sillas de ruedas.

Este tipo de vehículos no podrán circular por las aceras y las zonas peatonales, así como por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que transcurran por poblaciones, ni en túneles urbanos.

Asimismo, tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no se podrán usar auriculares.

Estas tres medidas entrarán en vigor el 2 de enero de 2021.

Otra de las novedades que más ha llamado la atención de los usuarios es que estos métodos de transporte deberán contar con el correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el Manual, dos años después de que éste se publique.

Todas estas medidas se incluyen en la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, del Reglamento General Circulación, del Reglamento General de Vehículos y del Reglamento General de Conductores.

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