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La mayoría de los cotos adoptan medidas frente a sobrepoblación de conejos

De los 300 cotos de caza afectados por la medida, 279 han presentado su propio plan y 8 han optado por pedir a la administración que se le envíen cazadores.

La presencia de conejos en los campos de cereal se ha convertido en una auténtica pesadilla para los agricultores aragoneses.
Presencia de conejos en los campos de Aragón.
Heraldo

El 96 % de los cotos de caza con sobrepoblación de conejos han adoptado las medidas que recoge el decreto ley aprobado por el Gobierno de Aragón para hacer frente a este problema y que obligaba a presentar un plan de intensificación de la caza o solicitar cazadores habilitados por la Administración.

De los 300 cotos de caza afectados por la medida, 279 han presentado su propio plan y 8 han optado por pedir a la administración que se le envíen cazadores, lo que significa que el 96 % ha cumplido con el trámite requerido, informa el Gobierno de Aragón en una nota de prensa.

A los 13 cotos restantes que todavía no han adoptado medidas se les ha enviado una carta de apercibimiento para que respondan en el plazo de 15 días hábiles, ya que de no hacerlo podrían enfrentarse a multas coercitivas de 1.000 euros.

En el caso de responsables de infraestructuras públicas, ADIF remitió al Gobierno de Aragón su plan de acción con fecha de 11 de noviembre y se está pendiente de una reunión con el director de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón para conocer su estrategia.

Desde que se puso en marcha el decreto, técnicos del Gobierno de Aragón se han reunido con representantes de la Federación Aragonesa de Municipios Comarcas y Provincias, la Diputación Provincial de Zaragoza, la Federación Aragonesa de Caza, alcaldes, agricultores y cazadores de los municipios afectados, para explicarles en qué consiste la nueva normativa y permitir su adaptación.

De acuerdo con el decreto, los cotos deben de justificar las medidas adoptadas para incrementar la presión de caza incluyendo, en su caso, la invitación gratuita al número de cazadores que no sean socios o cazadores miembros del coto, necesarios para cumplir con los objetivos previstos.

Además se obliga al coto a llevar a cabo la caza efectiva del conejo al menos 20 días de cada mes con todas las modalidades de caza permitidas para esta especie por el Plan General de Caza vigente y por el presente decreto-ley.

La Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria evaluará, con una periodicidad máxima de tres meses, la efectividad de dichas medidas de acuerdo los conejos cazados y la reducción efectiva de daños agrícolas, conforme a los informes elaborados por los servicios técnicos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Los cotos que no acrediten niveles adecuados de intensificación cinegética efectiva y/o reducción de daños agrícolas podrán enfrentarse a multas coercitivas de 1.000 euros mensuales.

Por su parte, la Federación Aragonesa de Caza creará y mantendrá un registro actualizado de cazadores habilitados por el Gobierno de Aragón para el control poblacional del conejo en los municipios afectados (118), que lo soliciten.

El decreto-ley habilita a los ayuntamientos para que expidan a estos cazadores las autorizaciones concretas de caza del conejo tanto en terrenos cinegéticos como en los no cinegéticos.

El decreto-ley elimina la necesidad de disponer de una autorización especial del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental para la tenencia de hurones destinados a la caza del conejo y se permite la caza del conejo en madriguera a la espera.

También se obliga a que los planes técnicos y planes de aprovechamiento cinegético de los cotos incluidos en los municipios del Anexo II del Plan General de Caza permitan que todos los socios o cazadores miembros del coto puedan cazar el conejo durante todos los días del año mediante cualquiera de las modalidades de caza y captura permitidas en cada fecha concreta.

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