Aragón

La Audiencia Nacional tumba el intento de la concesionaria de la autopista de impedir el desdoblamiento de la N-II

Acesa recurrió el estudio por posibles defectos y por perjuicios económicos para la AP-2. El proyecto lleva bloqueado cuatro años, en los que ha habido 16 fallecidos.

La N-II soporta un intenso tráfico de camiones pese a las bonificaciones que tienen para circular por la AP-2.
ARÁNZAZU NAVARRRO

La Audiencia Nacional ha tumbado el intento de la empresa concesionaria de la autopista AP-2, Acesa, de frenar el reivindicado desdoblamiento de la peligrosa N-II entre Pina de Ebro (Zaragoza) y Fraga (Huesca), cuyo proyecto de conversión en autovía valorado en 365,5 millones de euros lleva cuatro años bloqueado. En este 2018 tampoco habrá grandes avances ya que los Presupuestos Generales del Estado solo tiene consignados 2,4 millones para los tramos Bujaraloz-Candasnos, Candasnos-Fraga y la conexión con la AP-2 en Pina (Pina-Bujaraloz no tiene asignación).

En estos cuatro años, 16 personas han perdido la vida en el tramo de 91 kilómetros sin desdoblar de la N-II. No obstante, la bonificación del peaje (100% para los vehículos ligeros que hacen el viaje de ida y vuelta en 24 horas entre Alfajarín y Fraga y hasta el 75% para los pesados) ha ayudado a reducir las cifras ya que entre 1994 y 2004 se llegó a cobrar 116 vidas.

La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha desestimado el recurso presentado por Autopistas Concesionaria Española S. A. U. (Acesa) contra la resolución que firmó el 25 de febrero de 2014 la entonces ministra de Fomento Ana Pastor dando el visto bueno al expediente de información pública y oficial y al estudio definitivo para la conversión en autovía del tramo Pina de Ebro-Fraga de la N-II.

Tras ser rechazado un primer recurso por silencio administrativo del Ministerio, la concesionaria solicitó a la Audiencia Nacional anular la resolución y ordenar a la Administración que, después de eliminar el tramo Alfajarín-Pina, elaborara un nuevo estudio de tráfico y un análisis de viabilidad de esta autovía frente a otras opciones como la "optimización" de la AP-2 que recogiera la "grave repercusión" que, a su juicio, tendría para esta vía.

Sin embargo, el tribunal concluye que el hecho de recortar el tramo inicialmente previsto en 25 kilómetros no altera "sustancialmente" el estudio y, además, que un elemento "determinante" es que minimizaría la siniestralidad "de altas proporciones".

Por ello, considera que "no se ofrecen razones de peso para considerar que la metodología empleada por la Administración sea obsoleta, incorrecta o falta de criterio". Y hace referencia a una sentencia del Supremo que también resolvió que "la concesión de una autopista de peaje no puede ser una traba para que la Administración mejore, amplíe o construya una nueva carretera".

En su fallo, la Audiencia explica pormenorizadamente que el primer trámite para ese desdoblamiento se realizó el 26 de enero de 2005, cuando la Dirección General de Carreteras acordó redactar un estudio informativo del tramo Alfajarín-Fraga por ser el único con características de carretera convencional en el itinerario de la Autovía del Nordeste Madrid-Barcelona-La Junquera.

Rechazo social en la zona

Casi dos años después, en diciembre de 2007, se sometió a información pública este estudio y el de impacto ambiental. Las alegaciones constataron el "rechazo social" a duplicar la N-II de los ayuntamientos más próximos al tramo entre Alfajarín y Villafranca de Ebro, el Gobierno de Aragón, el Sindicato de Riegos de Nuez de Ebro y numerosos particulares. En su lugar, pedían liberalizar el peaje de la AP-2 por lo que se decidió paralizar el expediente y estudiar esta segunda opción con la concesionaria. En ese sentido, Acesa mostró su "voluntad" de llegar a un acuerdo que supusiera descartar a corto plazo la ejecución de la autovía en el tramo Alfajarín-Fraga.

En mayo de 2009, el Subdirector General de Planificación comunicó al Ministerio de Medio Ambiente que se había considerado "oportuno" estudiar la liberalización del peaje entre Alfajarín y Pina y que, por tanto, se suspendía la declaración de impacto ambiental de ese tramo y solo continuaba la tramitación del Pina-Fraga, que se publicó el 18 de diciembre de 2013. Y unos meses después, Fomento aprobó el expediente de información pública y el estudio definitivo. Un paso necesario aunque aún faltaba realizar trámites importantes como la redacción de proyectos para luego licitar y adjudicar las obras.

La concesionaria mantuvo que el Ministerio había incurrido en "numerosas irregularidades", como la ausencia de trámite de información pública sobre el tramo definitivamente aprobado, o que desde el punto de vista ambiental era más viable usar la AP-2 que construir una nueva vía.

La Abogacía del Estado, en representación de Fomento, se opuso argumentando, entre otras cuestiones, que el desdoblamiento no iba a ocasionar "ningún quebranto" a Acesa ya que cuando terminaran las obras habría concluido la concesión, que expira en agosto del año 2021.

En vista de todo ello, la Sala estima que la concesionaria tuvo "pleno conocimiento de las actuaciones proyectadas y sus variaciones" ya que el estudio, más allá de reducir el itinerario en 25 km, no sufrió cambios "esenciales". Además, destaca que aunque Acesa, determinadas instituciones o la propia Secretaría de Medio Ambiente considerasen más viable usar la AP-2 en lugar de la autovía proyectada "nada obsta para que se lleve a término la infraestructura proyectada".

En este sentido, la Audiencia recuerda que en reiteradas ocasiones ha defendido que "corresponde a la Administración decidir sobre la oportunidad, justificación y contenido de los proyectos de las grandes infraestructuras". Y en este caso, resalta que "el que el interés de la parte recurrente no sea prevalente y que las alegaciones y propuestas no hayan sido acogidas, no supone que la Administración haya actuado con arbitrariedad".

En cuanto a la queja de Acesa sobre que el estudio de tráfico no cumplía los requisitos exigidos por abarcar un tramo de mayor longitud al aprobado y usar datos obsoletos, la Abogacía del Estado admitió que habría que corregir los valores pero aun así no originaría ningún perjuicio porque la autovía no estaría acabada antes de que finalizara la concesión.

La siniestralidad pesa más que la rentabilidad

Acesa alegó, entre otras cuestiones, que el estudio informativo del tramo Pina-Fraga no hacía un análisis "concienzudo" de su incidencia social ni de las consecuencias para la concesionaria, y que vulneraba el requisito de la opción más recomendable al descartar la AP-2 como corredor libre de peaje. Una alternativa que, según su estudio de coste-beneficio, aportaría a la Administración el doble de rentabilidad que la nueva autovía.

Pero la Abogacía del Estado contrarrestó con otro informe que argumentaba que el desdoblamiento conllevaba ventajas que no aportaba la liberalización del peaje como la reducción de la siniestralidad, la mayor conectividad de las poblaciones o las circunvalaciones que permitirían disminuir el tráfico en travesías urbanas. Y la Audiencia ha estimado "más correctos y ponderados" estos últimos estudios porque los otros defectos "no son vicios de envergadura" como para anular todo lo actuado.