Hacienda avisa: estos son los aguinaldos que hay que declarar para evitar multas

Las pagas que en ocasiones se entregan en Navidad se consideran una donación y, por lo tanto, deberían tributarse en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Monedero con billetes
Monedero con billetes
Pixabay

Al aludir al término 'aguinaldo' quien más y quien menos piensa en los regalos en forma de cesta con dulces, encurtidos y hasta jamones con los que algunas empresas premian a sus trabajadores por Navidad. Presentes que también se intercambian entre miembros de una misma familia y que incluso se sortean en distintos establecimientos.

Pero la realidad es que, según el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, un aguinaldo es cualquier "regalo que se da en Navidad o en la fiesta de la Epifanía". Un concepto mucho más amplio que engloba desde la ilusión que Papá Noel y los Reyes Magos acercarán a cada hogar hasta las propinas y pagas más típicas de las abuelas y de quienes no se deciden por nada en concreto y prefieren dinero en metálico.

Son precisamente estos detalles los que tienen, tanto para quien los entrega como para el afortunado que lo recibe, una doble cara. "Ante los ojos de la Agencia Tributaria, el dinero regalado en efectivo es una forma de que el Gobierno pierda el rastro”, avisa la experta en finanzas Elisabeth Ruiz Dotras. Pero ¿cuál es la cantidad mínima a declarar?

Ante la ley, como subraya Ruiz Dotras, “cualquier dinero que recibas, ya sea una transferencia o en efectivo, es una cantidad que se tiene que tributar en un impuesto u otro: IRPF si es por la recompensa de tu trabajo o un rendimiento del capital, o bien impuesto de sucesiones si recibe a través de donaciones”. "No hace falta que sea un aguinaldo de Navidad, sino que todos los regalos de bautizos, aniversarios o bodas también son susceptibles a tributarse” , incide Elisabeth Ruiz.

Qué ocurre con los aguinaldos de 50 euros

Teniendo en cuenta la normativa, los aguinaldos de 50 o 100 euros que, de hecho, son los más comunes, "también se deberían declarar". "La ley no hace ninguna distinción entre cantidades”, asevera Ruiz Dotras, quien también reconoce que estos casos "Hacienda no los persigue, porque sería muy complicado tener este control tan exacto".  

Los que sí levantan las sospechas del fisco son los regalos de 500 euros. Solo los sectores profesionales tienen derecho a recircular estos billetes, es decir, a dárselos a los clientes en caso de que lo soliciten, según informa el Banco de España. "Hacienda sabe quién utiliza estos billetes y dónde, así que en este caso sí es recomendable declararlos para evitar sanciones económicas", concluye la experta.

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